PCM ordena a Sunedu derogar resolución que prohíbe las clases 100% virtuales en universidades del Perú.

La PCM advierte que dicha norma “genera variación de los costos de cumplimiento y limita los derechos de las personas”.

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) ordenó a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) derogar la disposición que prohíbe las clases 100% virtuales de pregrado en las universidades desde el periodo académico 2024.

La orden establece un plazo de cinco días hábiles para la anulación de la medida, pues se ha identificado que Sunedu no ejecutó el debido análisis de impacto regulatorio, requisito indispensable ante la comisión multisectorial de calidad regulatoria.

En consecuencia, la PCM tomó esta decisión al notar que la Sunedu no presentó ante la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) el Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante (AIR), la Resolución del Consejo Directivo n.° 033-2023 ni la n.° 00006-2024.

¿Qué dijo la resolución de la Sunedu?

El pasado 27 de febrero de 2024 se publicó, en las normas de legales del Diario Oficial El Peruano, la resolución del Consejo Directivo por la cual se establece que “a partir del periodo académico 2024 las universidades bajo la responsabilidad se encuentran prohibidas de ofrecer crear y admitir estudiantes en programas de pregrado con un componente de 100% de virtualidad y dicten otras disposiciones”.

Carlos Mesía, Jefe de Asesoría Jurídica de la Sunedu, aclaró que el organismo de supervisión no ha eliminado la modalidad virtual en las universidades. Remarcó que lo dispuesto es una virtualidad del 80% y una presencialidad del 20%.

“La virtualidad no ha desaparecido. Creo que ha habido un mal entendimiento con el comunicado que nosotros hemos emitido. Lo único que se ha modificado desde el mes de noviembre (con el dispositivo) es que la virtualidad tiene que tener un componente de presencialidad. Desde la época de la pandemia esa presencialidad era el 10%, ahora ha subido al 20%”, dijo a RPP.