Ministro de Salud explica decreto sobre venta de medicamentos genéricos: ¿qué obligaciones tendrán las farmacias?

El ministro de Salud indicó que en el decreto solo se ha considerado un mínimo de 30% de genéricos, y que elevarlo "terminaría con el cierre de las farmacias privadas". (Foto: Andina.pe).

El pasado sábado el Ejecutivo promulgó el decreto que establece la “obligación” de farmacias y boticas para que un mínimo de 30% de la oferta de sus medicamentos esenciales sean genéricos. La obligación se refiere a aquellas medicinas “que formen parte de la oferta de medicamentos de marca”.

Es importante señalar que la emisión de dicho decreto se produce en medio de una polémica en torno a un decreto de urgencia similar, emitido en octubre del 2019, cuya vigencia finalizó el 25 de febrero pasado, sin que el Gobierno lo prorrogara, con lo que se ponía en riesgo el acceso de la población a dichos productos, cuyos precios suelen ser inferiores a los de marca.

En ese sentido, el decreto emitido por el actual Gobierno presenta diferencias respecto a la anterior medida, especialmente en lo que respecta al porcentaje de medicamentos genéricos que los referidos establecimientos deben tener disponibles al público.

El ministro de Salud, César Vásquez, indicó que en el decreto solo se ha considerado un mínimo de 30% de genéricos, y que elevarlo “terminaría con el cierre de las farmacias privadas, y no es saludable para el país, porque el servicio público no puede cubrir toda la demanda de medicamentos”.

“Nosotros le hemos puesto un indicador: 30%, fácilmente evaluable. Cuando vayamos a supervisar, contabilizamos el stock total de la farmacia (…) y del stock que vende, no del total de medicamentos esenciales, el 30% debe ser genéricos”, indicó el titular de salud