Lady Camones: Presenta proyecto de ley para que sentenciados por terrorismo, corrupción, narcotráfico y violación no puedan postular a cargos públicos

La legisladora de APP planteó la modificación del inciso 22 del artículo 139 de la Constitución Política del Perú.

Lady Camones presenta iniciativa ante los próximos comicios. (Foto: Andina).

Lady Camones, parlamentaria de Alianza para el Progreso (APP), presentó el proyecto de ley N.º 4121/2022-CR para la modificación del inciso 22 del artículo 139 de la Carta Magna con el fin que, sentenciados por terrorismo, corrupción, narcotráfico, violación sexual, entre otros delitos; no puedan postular a cargos públicos, aun cuando hayan sido rehabilitados.

La presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones, expuso que la reforma constitucional se debe a una reciente sentencia del Tribunal Constitucional.

Proyecto de Ley

La presente ley de reforma constitucional, tiene por objetivo promover la idoneidad modificando el art. 139, inciso 22 de la Constitución Política del Perú, que menciona “El principio de que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad”.

La legisladora expone agregar, al mencionado artículo, una variación con respecto a los condenados. “En tanto, los sentenciados por terrorismo, peculado y corrupción de funcionarios, narcotráfico y violación sexual, aun cuando hubieran sido rehabilitados, no podrán acceder a cargos públicos o de elección popular”, señala el documento.

Argumentos

Por otro lado, Camones recordó que en las elecciones generales del 2021, las autoridades dieron cuenta de la postulación de 125 candidatos con sentencias civiles y 73 de tipo penal. Con respecto al primer grupo, 61% estaban vinculadas a demandas por alimentos y, entre las 52 candidaturas a la fórmula presidencial, cinco contaban con procesos abiertos.

Asimismo, según la legisladora, las Elecciones Regionales y Municipales del 2022, de alcaldías provinciales y distritales, tienen un total de 18,4% y 9,8%, respectivamente, con sentencias civiles, mientras que 10,7% y 5,2% con delitos penales.

“Territorialmente, en 23 de los 25 departamentos hay al menos una autoridad electa con sentencia civiles; encabeza Áncash (23) y Lima (22). Y con sentencias penales Áncash (17) y Cajamarca (12)”, indica el dictamen.

Beneficios

En caso el proyecto fuese aprobado, los electores podrían elegir entre candidatos que no hayan sido sentenciados por delitos señalados en el inciso 22 del artículo 139. Desde el punto de vista político, las agrupaciones postularían con candidatos idóneos para ocupar cargos públicos con elección popular. Por último, desde la perspectiva económica, se llevaría a cabo la lucha frontal contra la corrupción, la cual tiene un fuerte impacto al país.