El Congreso pide que se declare infundada la demanda de inconstitucionalidad sobre la ONP

El Congreso pide que se declare infundada la demanda de inconstitucionalidad sobre la ONP (Fuente: Andina).

La sesión del TC iniciará a las 9.30 a.m. y el ponente será el magistrado José Luis Sardón de Taboada. 

El Congreso de la República respondió al Tribunal Constitucional en el caso de la demanda de inconstitucionalidad sobre la ONP. El Parlamento solicitó que se declara infundada la demanda contra la ley que establece un régimen especial de devolución de aportes.

Asimismo, entre los argumentos, el documento señala que esta ley es inconstitucional por vicios de forma. “El Congreso necesita de la participación y de la aprobación previa del Poder Ejecutivo para que se encuentre constitucionalmente justificada la creación de gasto público en general”, dice parte del documento.

Además, recordemos que el Tribunal Constitucional (TC) confirmó la programación para el próximo miércoles 3 de febrero, la audiencia en la que se verá la demanda de inconstitucionalidad planteada contra la ley que autoriza el retiro de fondos de los afiliados a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Por otra parte, la sesión del TC iniciará a las 9.30 de la mañana y el ponente será el magistrado José Luis Sardón de Taboada. A partir de la fecha de la audiencia correrá un plazo de 30 días hábiles, a fin de que se empiece a elaborar la sentencia sobre el tema.

La Ley 31083, promulgada en diciembre de 2020, permite el retiro de hasta una Unidad impositiva tributaria (UIT) de los fondos ONP, es decir, hasta 4,400 soles, divididos en dos partes.

A su vez, el Ejecutivo planteó una demanda de inconstitucionalidad ante esta norma, por considerar que vulnera el equilibrio del presupuesto público y perjudica al Sistema Nacional de Pensiones. En esa línea, el plazo para que el Congreso responda a la demanda de inconstitucionalidad vence el 28 de enero.

Finalmente, como se recuerda, el Tribunal Constitucional anunció el 12 de diciembre que en esa misma fecha había notificado al Congreso de la República sobre la demanda de inconstitucionalidad. A partir de ese momento, empezó a correr el plazo de 30 días hábiles para que el Parlamento presente sus descargos al TC y se pueda convocar a una audiencia pública.

O.S.M.P.