Alberto Fujimori: TC falla a su favor y la excarcelación es una posibilidad

Luego del dictamen del TC,  la defensa del expresidente asegura que este debe salir pronto de prisión. Aunque,  el penalista Carlos Caro asegura que Fujimori se mantendrá en prisión por orden de la Corte-IDH. 

Fujimori en espera de su excarcelación debido a un fallo a su favor del TC. Foto: USI.

El Tribunal Constitucional (TC) decidió con cuatro votos frente a dos singulares emitir una resolución que presuntamente favorece al expresidente Alberto Fujimori, hoy recluido en el penal de Barbadillo, en Ate. Pero, aún su excarcelación se mantiene en duda.  

Fueron los magistrados Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez, Luz Pacheco y Helder Domínguez los que votaron a favor de dicha postura.

Cabe mencionar que dicha decisión declara improcedente el pedido de aclaración sobre su libertad y dispone que el Poder Judicial restablezca los efectos del indulto humanitario que le concedió el ex jefe de Estado Pedro Pablo Kuczynski en 2017.

Declarar improcedente los pedidos de aclaración. Remítanse los actuados del juez de ejecución del hábeas corpus, a fin de que proceda conforme a sus atribuciones”, se lee en el documento.

También, recordó que el TC “mediante sentencia de 17 de marzo de 2022 declaró fundada la demanda de hábeas corpus interpuesta a favor de Fujimori. Se trató de una decisión final frente a la cual no cabe impugnación alguna (…) en última y definitiva instancia”.

POSTURAS DISTINTAS

Luego de conocerse la decisión del TC, el abogado de Alberto Fujimori, Elio Riera, indicó que su defendido debe salir en libertad en 24 horas.

El TC ha refrendado mandato dictaminado por otros magistrados, donde se da viabilidad al indulto humanitario, ordenando incluso que la causa continúe en estado de ejecución”, mencionó para un medio local.

No obstante, el penalista Carlos Caro Coria expresó una opinión distinta a la defensa del expresidente a través de su cuenta X.

El TC no ordena la excarcelación. Recordemos que el 17/3/22 declaró fundado un hábeas corpus, ordenó la restitución del indulto y la consecuente libertad de Fujimori. Frente a ello, sin embargo, el 30/3/22 la Corte-IDH ordenó, a través una medida provisional (cautelar) que no se ejecute dicha excarcelación. Lo único que ahora señala el auto del TC del 21/11/23 es que no tiene nada que aclarar sobre la citada sentencia de 17/3/22 cuyos efectos están suspendidos por orden de la Corte-IDH. Por ende, todo sigue igual”, expresó.