Estado de Emergencia: Conoce aquí todo lo que está permitido durante la inmovilización social obligatoria de este martes 5 de abril

Esta medida regirá en Lima Metropolitana y la provincia constitucional del Callao desde las 02.00 hasta las 23.59 horas de hoy martes 5 de abril.

Tras el anuncio de la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios en Lima Metropolitana y Callao que rige desde la 02.00 hasta las 11: 59 horas de hoy martes 5 de abril. Esta medida del Gobierno del presidente Pedro Castillo fue anunciada alrededor de la medianoche durante su Mensaje a la Nación. Además, decretó el estado de emergencia tanto en Lima como Callao, “suspendiendo los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión y tránsito”.

El Gobierno publicó el Decreto Supremo 034-2022-PCM, que modifica el Decreto Supremo 025-2022-PCM prorrogando el estado de emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao.

¿Qué está permitido durante el toque de queda?

Según el Decreto Supremo, señala que durante la inmovilización social obligatoria se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas. Asimismo, se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma.

Además, indica que el personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial periodística respectiva y su Documento Nacional de Identidad para fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función. 

Cabe resaltar que, también se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como, para la adquisición de medicamentos. 

Finalmente, los trabajadores del sector público y privado realizan solo trabajo remoto, detalla la norma.