Caso ‘recorta sueldos’: Sunafil podría sancionar con S/ 222 mil al Congreso

En las últimas semanas varios congresistas fueron denunciadas por recortar sueldos a sus trabajadores y esto podría implicar una multa para el congreso.

Congresistas fueron acusadas ante la comisión de Ética del Congreso por varios trabajadores que las acusan de realizar un recorte de sus remuneraciones y cobros irregulares.Foto: Agencia Andina

En las últimas semanas cinco congresistas fueron acusadas ante la comisión de Ética del Congreso por varios trabajadores que las acusan de realizar un recorte de sus remuneraciones y cobros irregulares, pero ¿podrían ser multadas?.

Asimismo, la abogada laboralista del estudio Aguirre Abogados y Asesores, María Ángela, señala que en cualquier caso un recorte a sueldos a los trabajadores puede resultar ilegal.

Sin embargo manifestó que “Es ilegal que se haga un recorte a las remuneraciones de los trabajadores así sean personal de confianza de una entidad pública, como el Congreso, está prohibido el recorte”, señalo. La especialista indica que el trabajador puede denunciar este tipo de hechos en un procedimiento con el Congreso.

Indicó que, “El empleador de estos asesores es el congreso. Como tal el Congreso tiene la obligación de velar por las relaciones laborales de todos los trabajadores Cualquier reducción injustificada para un trabajador constituye un acto de hostilidad, automáticamente el trabajador debe comunicarlo a su superior o a la dirección de recursos humanos, que debe iniciar la investigación correspondiente”, sostiene.

Mientras tanto, informó que “La Sunafil tendrá que verificar si estos trabajadores, antes de recurrir a estas denuncias públicas, han seguido un procedimiento interno ante el Congreso. Si es que el Congreso, sabiendo y teniendo estas denuncias, no han seguido el procedimiento recién se sancionaría al Congreso, pero no por haber cortado el sueldo sino por no haber hecho la gestión y no haber protegido al trabajador y evitar que se de este acto”

Además, la experta agrega que todo lo que constituyen actos de hostilidad se consideran infracciones muy graves y, dependiendo del número de trabajadores afectados, puede ser de hasta 45 UIT, lo equivalente a S/ 222,750.

Por otra parte, Vásquez reitera que esta sanción estimada se daría solo si se prueba que hubieron denuncias previas de trabajadores sobre esta situación de recorte de sueldos, pero no por el incumplimiento en el pago pues, de acuerdo a los reporte, el recorte de sueldos que se viene denunciando lo han realizado directamente los congresistas, pero el Congreso como entidad ha continuado depositando los sueldos con normalidad.

En los casos de entidades del sector privado, la abogada señala que los trabajadores trabajadores solo pueden tener un recorte en sus sueldos si se firma un acuerdo donde el trabajador acepta la reducción de su remuneración, la cual no puede resultar menor al salario mínimo de S/ 1,025 mensuales.

¿Cuál es el régimen de trabajo en el Congreso?

La laboralista precisa que en primer lugar se debe tener en cuenta que los trabajadores del Congreso laboran bajo la ley 30647, por lo que están sujetos al régimen laboral de la actividad privada, es decir, se le aplican las normas de la ley de productividad y competitividad laboral.

Además, señaló que “Sin embargo se establece que en este caso el Consejo Directivo del Congreso es quien establece los reglamentos internos, políticas de recursos humanos, de sanciones, remuneraciones, ascensos, etc”, precisa.

Sin embargo, En ese sentido, detallo que el reglamento interno ha establecido que los congresistas tienen a su cargo personal de apoyo como sus asesores que contratan de forma directa. Mientras tanto, para evitar contrataciones irregulares la dirección de recursos humanos del Congreso debería asegurarse que se cumpla con el perfil que se requiere en el puesto.

Por otro lado, detalló que “Como congresista puedo decir que necesito dos o tres asesores que son de mi confianza, pero por lo menos deben pasar una evaluación curricular. Puedo proponer a estas personas, enseñar sus currículos a la dirección de recursos humanos y de esta forma se da la aprobación y se los designa mediante una resolución administrativa”.

Finalmente, precisó que, al ser un cargo de confianza, estos no tienen un plazo definido y pueden resolverse sin generar ninguna indemnización.