El Ejecutivo oficializó la eliminación de aportes a los sistemas de pensiones para trabajadores independientes desde el año 2028, tras la publicación del Decreto Supremo N.º 061-2026-EF, que modifica el reglamento de la Ley N.º 32123, pasando a un esquema completamente voluntario.
Se precisa que los aportes obligatorios solo se mantienen para quienes trabajan en relación de dependencia. Aquellos que pertenezcan a este sector deberán afiliarse al sistema previsional y elegir entre el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) o el Sistema Privado de Pensiones (SPP).
De igual forma, la norma redefine conceptos clave como el “ingreso asegurable”, el cual establece la base para calcular aportes y que, en el caso de los independientes, solo se tendrá en cuenta cuando realicen sus aportes voluntarios. Además, se aclara que los trabajadores bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) serán considerados como dependientes para efectos previsionales.
Por otra parte, el Ejecutivo derogó varios artículos del reglamento anterior para alinearse con las disposiciones actuales, con el fin de simplificar su aplicación y formar parte de un proceso de modernización del sistema previsional peruano.
Este cambio representa un alivio financiero inmediato en la economía de millones de peruanos. Esto les permitirá contar con mayores ingresos en el corto plazo al no tener que destinar una parte de su sueldo obligatoriamente a un fondo previsional, especialmente para quienes tienen ingresos que no son fijos o son informales.









