España: los juristas consideran que la vía penal es aún insuficiente para evitar los daños ambientales

El desastre del Prestige fue uno de los que culminaron en sentencias de cárcel.

La tipificación de estos delitos ha mejorado "significativamente" en las últimas décadas (Foto:20minutos)

Después de haber pasado 25 años de la primera condena por un delito ecológico en España, los juristas consideran que la vía penal es aún insuficiente para evitar y castigar los daños ambientales, sobre todo a causa de la “falta de medios” de la administración de justicia.

El abogado de Greenpeace José Manuel Marraco, considera que después de décadas de dedicarse a la protección del medio ambiente en los tribunales, cree que la ley para perseguir los delitos ambientales ha “mejorado mucho” en España desde que en 1987 el código penal de 1987 introdujo el delito ecológico en su artículo 237 bis.

En 1997, Josep Puigneró se convirtió en la primera persona en ser encarcelada por delitos ambientales: contaminar varios afluentes del río Ter con los residuos de su empresa textil Hilados y Tejidos Puigneró. Ese mismo año, Marraco también recuerda la victoria de los ecologistas contra La Montañanesa, una empresa papelera que fue condenada por el Tribunal Supremo de Justicia de Aragón denunciada por haber cometido un delito ecológico, por contaminar el río Ebro a su paso por Zaragoza.

Desde estos hitos, Marraco ha constatado que se han producido avances normativos importantes, sobre todo gracias a la entrada de España en la Unión Europea, nuestra “salvación” en materia de protección del medio ambiente, pero lamenta que, al mismo tiempo, “somos los principales infractores de las normas ambientales de la UE”.

Además, señala que en España hay carencias en la administración judicial, que no ha evolucionado acorde con la normativa y carece de medios suficientes “Tenemos una proporción de jueces inferior a la media europea”. En cuanto a las infracciones ambientales, ” no hay peritos adscritos a la administración “, criticó.

  • El desastre del Prestige fue uno de los que culminaron en sentencias de cárcel: en el 2016 condenaron a Apostolos Mangouras, que vertió 60.000 toneladas de crudo en la costa gallega en noviembre de 2002 a una pena de dos años de prisión.  
  • Otra es la contaminación minera que en 2018 la mina de cobre Las Cruces fue sancionado a pagar 1.200.000 euros por extracción ilegal de aguas subterráneas en Sevilla, tras cuatro años de pleito con Ecologistas en Acción.

Asimismo, el letrado de Ecologistas en Acción Jaime Doreste coincide en que la tipificación de estos delitos ha mejorado “significativamente” en las últimas décadas, pero subraya que, al final, “el sabor es amargo e insatisfactorio” y que muchas veces resulta más efectivo acudir a la vía administrativa que a la penal.

La abogada Lorena Ruiz-Huerta, también de Greenpeace, dijo que la persecución de los delitos ambientales es particularmente compleja en el proceso penal, entre otras razones, por la dificultad de establecer la responsabilidad personal, principio del derecho penal.

Además, los expertos también señalaron que el criterio para considerar como delito ambiental es muy alto, porque este tipo de delitos “tienen un plus de prueba”. “Primero hay que acreditar que se ha vulnerado la normativa administrativa y que se cumple una serie de requisitos, como que ha habido peligro para el medioambiente”, aduce Marraco.