Comisión del congreso aprueba ley para desalojar a inquilinos morosos

El actual Ministro de Vivienda, Carlos Bruce fue quien elaboró esta iniciativa legislativa y acudió a la sesión de la comisión para explicar el contenido.

La ley que permitirá al titular, propietario o arrendador de un inmueble, desalojar al inquilino moroso que no pague como mínimo dos meses de renta, esto con solo la tramitación de una carta notarial de acuerdo a la aprobación por mayoría de la Comisión de Justicia del Congreso.

El actual Ministro de Vivienda, Carlos Bruce fue quien elaboró esta iniciativa legislativa y acudió a la sesión de la comisión para explicar el contenido.

Según dicho proyecto, “ante el incumplimiento de pago o vencimiento del contrato (sin retiro del inquilino), el propietario podrá ir a un notario y demostrar que quien ocupa el inmueble no ha cumplido». Aquello será verificable, ya que todo esto debe estar bancarizado. «Si hay incumplimiento, basta que se demuestre el estado de cuenta donde no haya el abono y el notario dará fe de ese incumplimiento”.

El objetivo es que el desalojo notarial permita al Estado agilizar los procesos de desalojo, reduciendo la carga procesal que existe en los juzgados.

La iniciativa se debatió en sesión conjunta por las comisiones de Justicia y Vivienda, quedando esta última pendiente por falta de quórum de sus integrantes.

Según datos del Doing Business recogidos por el Informe de Competitividad 2019, los desalojos judiciales en el Perú duran en promedio cuatro años y tres meses; es decir, 46 meses más de lo que establecen los plazos legales.

L. R. C.