En el documento, con Decreto Supremo N° 053-2026-PCM, el mencionado ente pidió a las empresas, tanto públicas como privadas, otorgarles a los trabajadores que tengan que acudir a votar, facilidades para que cumplan con su deber patrio.
Además, señalan que las horas que no se laboren estén sujetas a una posterior compensación por parte de los empleados, según sea el acuerdo entre ambas partes.
Por otro lado, el MTPE, recalcó que quienes acudan a sufragar y que sean han trasladado a la ciudad de Lima, podrán tener el 14 de abril día de descanso remunerado.
También afirmó que quienes sean designados como miembros de mesa cumpliendo con su función, podrán gozar de un día de descanso remunerado compensable, siendo la fecha elegida el 14 de este mes. La medida también aplica hacia quienes en un principio NO eran miembros de mesa, pero llegaron a ejercer dicho cargo.
Como último punto, aseguraron que como institución, tienen la misión de articular con los organismos competentes para que se pueda dar una colaboración con el proceso electoral para que el personal que labore tenga la oportunidad de ejercer su derecho al voto.









