Walter Gutiérrez: Es constitucional norma que admite a Dina Boluarte gobernar remotamente

Walter Gutiérrez expresó que la norma que admite la gestión remota de la Presidencia está vinculada a una obligación constitucional.

Lo que se está haciendo con esta norma es que el presidente mantenga la regla por mecanismos digitales", argumentó Gutiérrez.

Walter Gutiérrez, embajador del Perú en España, expresó que la norma que admite la gestión remota de la Presidencia está vinculada a una obligación constitucional.

“Hay una parte del Artículo 118 que no se está cumpliendo, que es la que se refiere que la presidenta dirige la política exterior. Y eso en parte no se está cumpliendo. ¿Por qué? Porque hoy día la política exterior no se hace desde Palacio y solo desde el territorio”, explicó.

Además, Gutiérrez expresó que el principal activo de un país es el Presidente de la República para los temas de inversión, ya que los jefes del Estado se reúnen solo con sus homólogos. Él pidió “no frivolizar” la norma.

“El Artículo 44 de la Constitución que tiene dos mandatos: garantizar los derechos humanos y el desarrollo económico. Tiene dos artículos que no se están cumpliendo, el 44 por lo menos en parte y el Artículo 118 de la Constitución. El despacho presidencial es inherente a la presidenta o al presidente y excepcionalmente se entrega al vicepresidente. Lo que se está haciendo con esta norma es que el presidente mantenga la regla por mecanismos digitales”, comentó.

“No hay encargatura del despacho porque ¿cuál es la regla? el despacho es una competencia íncita y permanente de la Presidenta. Es la regla. Uno es presidente y es titular del despacho. Ella va a mantener el despacho”, finalizó.