¡Vergonzoso! CIDH admite demanda de terrorista Víctor Polay contra el Estado peruano

Cabecilla terrorista del MRTA saldrá en libertad en 2026 pero alega afectación de sus derechos en los procesos judiciales en el Perú. Ante ello, el Estado peruano respondió que tales acusaciones ya fueron resueltas en el Poder Judicial e instancias internacionales como la ONU. 

CIDH admitió demanda del terrorista Polay Campos contra el Estado Peruano. Foto: Infobae.

Una vergonzosa resolución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de la OEA, pone en la agenda política peruana una supuesta controversia relacionada con el cabecilla terrorista del MRTA, Víctor Polay Campos.

Y es que según los jueces de la CIDH, “los hechos denunciados” por la defensa de Polay Campos, de ser probrados constituirían una violación a los derechos humanos de Polay Campos.

Entre los derechos que se han vulnerado según la CIDH están los “reconocidos en los artículos 5 (integridad personal), 8 (garantías judiciales), 9 (principio de legalidad y no retroactividad) y 25 (protección judicial), de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento”.

Es por ello que la Comisión IDH decidió declarar admisible la presente petición , de la defensa del terrorista Polay y así notificar a las partes la presente decisión; continuar con el análisis del fondo de la cuestión; y publicar esta decisión e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.

HECHO CURIOSO

Lo inexplicable y curioso es que este informe anual de la CIDH, ante el Consejo Permanente de la OEA, ocurrió el 20 de marzo de 2022, es decir, en pleno gobierno de Pedro Castillo y Perú Libre. Y desde aquel entonces, no fue hecho público ante la ciudadanía; fue mantenido en total reserva.

Asimismo, los detalles de los alegatos de la defensa de Polay fueron notificados al Estado peruano el 2 de marzo de 2021.

EX PROCURADORA

La ex ministra de Justicia y ex procuradora pública, Delia Muñoz, fue la encargada de revelar los detalles de este documento. Muñoz recomendó que el Estado peruano debe hacer una defensa adecuada para evitar que este informe se eleve a la Corte IDH.

Así, declaró que “en el caso del señor Polay, por los motivos de su detención y hechos que él alega, ya tuvo una queja ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y ante la CIDH, la que fue archivada en el 2010″.

Para la ex ministra de Justicia,  llama mucho la atención que la CIDH pretenda reabrir una discusión sobre temas que ya han sido zanjados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en casos peruanos hace ya varios años.

“El señor Polay considera que fue sujeto de una captura donde habrían ocurrido hechos de tortura que no han sido investigados. En segundo lugar, alega que fue juzgado por un tribunal militar sin rostro y que eso constituyó una vulneración a sus derechos”.

“Y luego estima que la Sala Penal Nacional incurre en la vulneración del principio de legalidad por juzgarlo nuevamente y con unas leyes que han sido modificadas. Todos estos temas ya han sido resueltos favorablemente para el Estado peruano”, recalcó.

ALEGATOS DEL TERRORISTA POLAY

La defensa de Polay sostiene que éste fue condenado en una decisión “que violó su derecho al principio de legalidad y a las garantías judiciales; y que las condiciones carcelarias que se le impusieron afectaron su integridad personal, y que a pesar de que denunció haber sido constantemente torturado desde su detención, el Ministerio Público no investigó diligentemente tales hechos”.

Además, argumenta tratos “inhumanos y degradantes; que estuvo confinado en una celda con la estructura de una tumba”, entre otros detalles minuciosos desde su captura en 1992 al 2020.

Afirma que “a pesar de la cantidad de pruebas presentadas los hechos aún se mantienen en impunidad”.

ARGUMENTOS DEL ESTADO

El documento de respuesta de las autoridades peruanas (junio de 2021), replica que la petición es inadmisible, dado que “existe una duplicidad de procedimientos”.

Detalla que el 9 de enero de 1998, el Comité de Derechos Humanos de la Organización de la ONU se pronunció sobre hechos similares a los alegados por Polay.

Las autoridades peruanas enfatizan que la propia CIDH, el 10 de marzo de 2000 (Informe N°32/00) “declaró inadmisible una petición presentada en favor de Polay Campos por duplicidad de procedimientos”.

En conclusión, el Estado sostiene que los hechos y alegatos planteados por la defensa del cabecilla terrorista “reproducen de manera sustancial lo alegado ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU”. En consecuencia, solicita a la CIDH que declare la inadmisibilidad del presente reclamo.

Finalmente, Perú alega que los hechos denunciados no caracterizan violaciones de derechos humanos.