El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) prohibió a un residente fumar dentro de su departamento o en áreas comunes próximas a su vivienda o a la de su vecina, quien padece de hipertensión arterial.
Así lo estableció en la sentencia recaída en el Expediente N° 03065-2018-PA/TC, proceso de amparo iniciado por N.S.O.V. y R.P.O., contra sus vecinos G.C.M. y M. R. M.G., por haberse acreditado la vulneración del derecho a la salud y otros derechos constitucionales de N.S.O.V., a partir de una recomendación médica de la agraviada y un proceso de amparo que acreditó la vulneración del derecho a la salud y otros procesos constitucionales, ante los efectos dañinos de la exposición al humo del tabaco.
El proceso habría iniciado en 2018 y finalizado en febrero de este año.
En la sentencia se indica que se percibían constantes emanaciones de humo desde la vivienda del demandado por consumo incontrolado y permanente de cigarros, lo cual pone en peligro los derechos a la salud y la vida.
La sentencia considera también que, conforme a la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Ley 28705, para la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco, existe la necesidad de proteger a la persona, la familia y la comunidad, contra las consecuencias, sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco, por lo que es necesario reducir dicho consumo y su exposición de manera continua y sustancial.