¿Se pueden realizar picnics en los parques públicos de Lima?

Luego de que los agentes de serenazgo de Miraflores desalojaran a un grupo de personas que se encontraban realizando un picnic en el parque del distrito, así como también otros vecinos denuncian que les prohíben realizar actividades como Yoga o Tai-chi, queda en duda qué actividades sí están permitidas realizar en estos espacios públicos.

Actividades de recreación en espacios de áreas verdes no estan prohibidad. (Foto: Serpar)

Luego de que los agentes de serenazgo de la Municipalidad de Miraflores desalojaran a un grupo de personas que se encontraban realizando un picnic en el parque del distrito, así como también otros vecinos denuncian que les prohíben realizar actividades como Yoga o Tai-chi, queda en duda qué actividades sí están permitidas realizar en estos espacios públicos.

Asimismo, Aldo Facho Dede, arquitecto urbanista y fundador de la Red Latinoamericana de Urbanistas, menciona que si bien no está claro si los picnics están permitidos o no en los parques públicos, “los espacios públicos son de libre uso, las únicas actividades restringidas son las que ponen en riesgo la vida y seguridad de los demás, todo lo demás está permitido, siempre y cuando se ajuste al marco jurídico nacional y local. Nadie puede impedirnos usar los espacios públicos, transitar libremente por ellos, descansar, recrearnos, salvo que estemos atentando contra el patrimonio, el orden público o la vida”.

Es importante mencionar que según el reglamento publicado por el Ministerio de Vivienda, la Ley N.° 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos, argumenta que todas las instituciones públicas deben cumplir los siguientes aspectos: I) Que se haya aclarado que las áreas verdes son para el disfrute colectivo, por lo que no se podrá prohibir el desarrollo de actividades de ocio o recreativas en ellas, II) Que se haya legitimado el derecho de los ciudadanos a defender su libre uso; y III) Que se haya determinado que su valor está asociado a aspectos ambientales, recreacionales y sociales, y no solo el área que ocupa.

En ese sentido, el arquitecto urbanista indica que las clases de yoga, Tai-chí y otra cualquier actividad o deporte, como lecciones de fútbol que brindan los profesores a niños en los parques del distrito de Miraflores, no están prohibidos. Sin embargo, si es que la municipalidad del distrito dispone de un espacio especial y equipado para la realización de estas actividades, tiene la facultad de poder cobrar por el uso de las mismas.

La Municipalidad debe garantizar que los espacios públicos, como los parques, se utilicen adecuadamente. Sólo podrá restringirse el uso de los mismos en los casos en que se trate de daños materiales, obstrucción del derecho a la libre circulación o peligro para la vida de otras personas. En el caso contrario, podría considerarse ilegal que los agentes de serenazgo intervengan a los vecinos que se reúnen en estos espacios.