Retiro de firmas de congresistas invalida moción de vacancia

“Para destituir al presidente de la República se necesita que al menos dos tercios de los miembros del Congreso voten a favor de su destitución”.

El Reglamento del Congreso establece los requisitos para la destitución presidencial, incluyendo la cantidad de firmas necesarias y el porcentaje de votos requeridos. Foto: Difusión.

El 12 de octubre se presentó una propuesta de destitución presidencial contra Dina Boluarte, pero después de que los congresistas Elvis Vergara y Raúl Doroteo, quienes estaban involucrados en el caso ‘Los Niños’, retiraron sus firmas, la moción perdió toda posibilidad de ser admitida. 

Al retirar sus firmas, la moción no cumple con uno de los requisitos iniciales para la destitución presidencial, según lo establecido en el artículo 89-A del Reglamento del Congreso. Por lo tanto, la moción será archivada, ya que se requiere un mínimo del 20% de las firmas de los 130 congresistas (26 firmas). Es importante recordar que inicialmente, la moción fue firmada por este número de legisladores.

Raúl Doroteo fue el único que explicó por qué retiró su firma de la moción, y comunicó su decisión al oficial Mayor del Congreso, Giovanni Forno Flórez. Según Doroteo, ha pasado demasiado tiempo desde que suscribió la moción el 7 de este mes, y como la moción se presentó recién el 12 de octubre, considera que ha perdido su urgencia, por lo que decidió retirar su firma. Es importante mencionar que ambos legisladores fueron expulsados de Acción Popular durante el fin de semana pasado.

Requisitos para la vacancia presidencial

La solicitud de destitución se debe presentar a través de una propuesta en la agenda, firmada por al menos el 20 % de los congresistas legales (130), en la que se deben explicar los motivos y fundamentos legales, así como proporcionar los documentos que los respalden o indicar dónde se pueden encontrar.

Para que se acepte la solicitud de destitución, se necesita el voto de al menos el 40 % de los congresistas habilitados. La votación debe llevarse a cabo en la siguiente sesión después de que se haya presentado la propuesta.

El Pleno del Congreso acuerda el día y la hora para el debate y la votación de la solicitud de destitución, que no puede tener lugar antes del tercer día después de la votación de aceptación de la solicitud ni después del décimo día, a menos que cuatro quintas partes de los congresistas legales acuerden un plazo menor o su debate y votación inmediata. Si es necesario, se convoca una sesión especial para este fin. El Presidente de la República, cuya destitución se está solicitando, puede ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por un abogado durante un máximo de sesenta minutos.

La resolución que declara la destitución del Presidente de la República, por la causa establecida en el inciso 2) del artículo 113 de la Constitución, requiere una votación calificada de al menos los 2/3 del número legal de miembros del Congreso y se registra en una Resolución del Congreso. La resolución que declara la destitución se publica en el diario oficial dentro de las veinticuatro horas siguientes a la recepción de la transmisión enviada por el Congreso. En caso contrario, el Presidente del Congreso ordena que se publique en uno de los diarios de mayor circulación nacional, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan surgir.