Propiedades de fallecidos que adeuden pagos tributarios pasarán a manos de la Beneficencia de Lima

Los predios de personas fallecidas presentan deudas tributarias que ascenderían a más de 8 millones de soles.

Los contribuyentes deberán acercarse a las oficinas a realizar sus pagos correspondientes. Foto: Referencial.

Los predios, ubicados en el Cercado de Lima, registrado a nombre de propietarios ya fallecidos podrían pasar a manos de la Sociedad de Beneficencia de Lima si los familiares (hijos, cónyuges y parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad) no cumplan con regularizar las deudas tributarias.

La información fue dada a conocer por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad de Lima, donde, además, se dio a conocer que se tienen registradas a 129 personas fallecidas, las cuales mantienen predios (galerías comerciales, viviendas o terrenos) a su nombre, en la cual no se notificado la existencia de herederos legales.

Es por ello que en caso de que exista el reclamo de alguno de los parientes de estas personas, deberán de contar con documentos que confirmen el grado familiar o de parentesco con el fallecido, además, de hacerse responsable de la cancelación de las deudas tributarias, las cuales consiste en pagos por impuestos predial y arbitrios.

Por su parte el SAT se encuentra notificando las acciones competentes a las respectivas direcciones de dichos predios, a fin de que los familiares puedan declarar hasta el próximo 29 de octubre, el porcentaje de participación que les competería en los inmuebles en mención, a fin de ser acreditado y determinar el monto de la deuda a pagar.

En el caso se cumpla la fecha establecida y no se hallen los sucesores legales o testamentarios, así como tampoco se registre ante el SAT conductas de pago o acercamientos por parte de los sucesores indivisos, la sociedad de Beneficencia de Lima se adjudicará los bienes, conforme a la aplicación al artículo 830° del actual Código Procesal Civil.

K.V.C.