Nicaragua pone condiciones a los viajeros

b) Si los viajeros proceden de Asia, África y Oceanía, el resultado negativo de la prueba: Reacción en cadena de la Polimerasa (PCR) en tiempo real para COVID-19, deberá haber sido realizada en un período de hasta 96 horas al momento de su ingreso al país. Fuente: FPP

El Ministerio de Salud da a conocer que para fortalecer el control epidemiológico de las enfermedades bajo vigilancia internacional incluyendo las enfermedades respiratorias en todos los puntos de entrada, se reformó la Resolución Ministerial No. 346-2020, tomando en cuenta las siguientes medidas:

  1. Solicitar a los viajeros resultado negativo de la prueba: Reacción en cadena de la Polimerasa (PCR) en tiempo real para COVID-19, realizado en un periodo no mayor a 72 horas antes del ingreso al país.
  • Si los viajeros proceden de Asia, África y Oceanía, el resultado negativo de la prueba: Reacción en cadena de la Polimerasa (PCR) en tiempo real para COVID-19, deberá haber sido realizada en un período de hasta 96 horas al momento de su ingreso al país.
  • Viajeros nacionales que presentan fiebre o síntomas respiratorios podrán ingresar al país, pero pasarán a resguardo domiciliar, cumpliendo el protocolo establecido en el país.
  • Los viajeros a su ingreso que presenten resultado negativo de la prueba: Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR) en tiempo real para COVID-19 y que no presenten ningún síntoma respiratorio, podrán tener libre movilidad en el país y se les dará seguimiento vía telefónica, por personal de salud por un período de catorce días.