Tres nuevas incorporaciones en la lista de medicamentos esenciales genéricos dispuesta por el Ministerio de Salud (Minsa) obliga a los establecimientos farmacéuticos de origen público o privado a vender esas medicinas o recibir una multa. Estos fármacos son usados para el tratamiento contra el Covid-19.
Las versiones genéricas que se deberán vender son de estos siguientes medicamentos: dexametasona fosfato de 4 mg, la epinefrina (como clorhidrato o tartrato) de 1 mL 1 mg/mL y la metilprednisolona (como succinate sódico).
Esta nueva disposición estará fiscalizada por las oficinas de control de medicamentos de las Direcciones de Redes Integradas de Salud y de las Direcciones Regionales de Salud. Además, se pone en disposición el Decreto de Urgencia 059-2020 el cual obliga a todos los establecimientos farmacéuticos (públicos y privados) a suministrar: los datos de su stock disponible, los precios de venta de sus productos y el número de unidades importadas o fabricadas en el país de origen del producto.
La multa por no acatar este decreto es de hasta 17 200 soles. Ya anteriormente, la Asociación de Farmacias y Boticas Independientes del Perú, había señalado el desabastecimiento de estos productos en alrededor de 8 000 farmacias públicas en el país.
J.D.L