Desacuerdo entre especialistas: análisis de la suspensión de la fiscal de la Nación

“Expertos cuestionan la medida disciplinaria que dejó temporalmente sin efecto las funciones de la fiscal de la Nación”

Críticas a la decisión de la Junta Nacional de Justicia en el caso de la suspensión de la fiscal. Foto: Difusión.

La última determinación de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) de dejar temporalmente sin efecto las funciones de la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, ha generado un nuevo debate público. No obstante, expertos en derecho penal consultados por Correo coincidieron en cuestionar la medida disciplinaria.

Como se recuerda, Benavides es acusada de ser la presunta líder de una organización criminal por la fiscal Marita Barreto, quien anteriormente fue coordinadora del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (Eficcop).

Proceso de suspensión

Para Mario Amoretti, quien fue decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), la suspensión de Benavides no siguió el debido proceso debido a que la Ley Orgánica de la JNJ establece que antes de una suspensión debe llevarse a cabo una audiencia. 

Durante esta audiencia, la persona bajo investigación deberá ser informada del proceso, las acusaciones en su contra, la posible sanción que podría recibir, las razones por las cuales se solicita una sanción en su contra, y tendrá la oportunidad de presentar su defensa.

Según Amoretti, la Junta Nacional de Justicia (JNJ) afirma que su reglamento les permite realizar un proceso inmediato y actuar de la manera en que lo han hecho, pero según él, dicho reglamento no puede modificar la Ley Orgánica. Desde su perspectiva, la JNJ no debería haberse apegado únicamente a su reglamento, sino más bien a lo estipulado por su Ley Orgánica. 

Por otra parte, el exdecano afirmó que la convocatoria a una audiencia en ausencia de una investigación, según lo estipulado por la ley, constituiría una transgresión al debido proceso. En una conversación con Correo, explicó que infringir el debido proceso es considerado como un delito de incumplimiento de funciones, según lo establecido en una sentencia del Tribunal Constitucional y la Corte Suprema. En consecuencia, afirmó que la fiscal Benavides podría presentar una denuncia contra los magistrados por no cumplir con sus funciones. 

El penalista Luis Lamas Puccio se expresó de manera similar, calificando la sanción contra Benavides como una “decisión arbitraria”. Además, expresó que la sanción impuesta carece de fundamentos sólidos, ya que la fiscal en cuestión no fue investigada directamente, sino que lo fueron sus asesores. Según él, la investigación debería realizarse a través de la Fiscalía Superior (Junta de Fiscales Supremos). 

Lamas opinó que las acusaciones de liderazgo en una red criminal son solo conjeturas y que el caso merece una investigación adecuada. Consideró que la suspensión de la fiscal fue una decisión arbitraria y abusiva por parte de la JNJ, sin contar con una base legal sólida. Señaló que la investigación de la fiscal Benavides es una responsabilidad de la Fiscalía Suprema, ya que cuenta con inmunidad procesal. En su opinión, no debería haber sido suspendida simplemente por una decisión colegiada de un organismo que está siendo objeto de varias denuncias e investigaciones. 

Por otro lado, el penalista Andy Carrión afirmó que la suspensión temporal de Benavides fue apropiada, al igual que las sanciones impuestas a los fiscales Tomás Gálvez y Pedro Chávarry. En relación con la elección de Benavides bajo el reglamento de la JNJ en vez de la Ley Orgánica, Carrión destacó que tanto su elección como la sanción aplicada deben ser válidas. 

Carrión señaló que Patricia Benavides abrió una investigación sobre los miembros de la JNJ, creando incompatibilidades y afectando a tres de ellos para que posteriormente no se ocuparan de sus casos. A pesar de eso, Carrión estuvo de acuerdo con otros dos expertos en derecho penal acerca de la importancia de que ciertos jueces se abstengan de participar en el proceso.

Como se recuerda, la fiscal suspendida de la Nación, Patricia Benavides, inició una investigación contra Imelda Tumialán, Antonio de la Haza y María Zavala, que son tres de los siete miembros de la JNJ, alegando que presionaron al presidente del Poder Judicial, Javier Arévalos, a favor de la exfiscal suprema Zoraida Ávalos. Zavala fue la única que se abstuvo de participar al votar sobre la sanción contra Benavides.

Abstenciones en investigación

Según Amoretti, los tres magistrados bajo investigación de la Fiscalía Nacional deberían haberse apartado del proceso. Es inaudito que aquellos que están siendo investigados terminen convirtiéndose en investigadores y emitan sanciones. 

En la misma línea, el penalista Lamas expresó que comparte la misma opinión. La JNJ está siendo objeto de varias investigaciones, por lo que debió abstenerse, por respeto, de iniciar una investigación hasta que se resuelva su situación legal. Desde su perspectiva, se ha transgredido el debido proceso y el principio de presunción de inocencia. Además, considera relevante averiguar quién dentro de la Fiscalía fue responsable de elaborar el organigrama que sitúa a Benavides como líder de una presunta organización criminal.

En contraste, el penalista Carrión señaló que la magistrada María Zavala se abstuvo de intervenir en el caso de Benavides debido a que su hija obtuvo un cargo en la gestión de Zoraida Ávalos. Según él, Zavala tiene un interés directo en el caso que se sigue a Benavides, ya que se sospecha que pudo haber ejercido algún tipo de influencia indebida a favor de su hija. 

Además, Carrión comentó que la decisión de inhibirse por parte de los otros dos magistrados (Imelda Tumialán y Antonio de la Haza) es un asunto que puede ser cuestionado. Considera que, en aras del buen desarrollo del proceso, habría sido conveniente que, si así lo estimaban oportuno, los involucrados se hubieran abstenido de participar.

No obstante, también recordó que la fiscal suspendida Benavides solicitó, a través de su defensa, que todos los miembros de la JNJ no participen en el proceso en su contra. En este sentido, Carrión expresó que consideraba un error el planteamiento. Pensaba que si la persona en cuestión hubiera solicitado solamente la inhibición de los tres individuos que actualmente están siendo investigados penalmente, él estaría de acuerdo con esa postura.