CTS: cuánto es la multa para las empresas que no depositen este beneficio a sus trabajadores

Este beneficio debe ser entregado en los meses de abril y noviembre de cada año a los trabajadores que forman parte de planilla.

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio que se les otorga a los trabajadores que se encuentran en planilla, el pasado 15 de mayo se cumplió la fecha límite para que las empresas hagan el depósito correspondiente y cumplan con esta normativa, pero muchos se cuestionan sobre ¿Qué pasa con las compañías que no cumplan con este aporte a sus trabajadores?

Si bien, la CTS es un derecho que todos los colaboradores pertenecientes a la planilla deben recibir dos veces al año, en abril y noviembre respectivamente. De esta manera, el trabajador cuenta con un fondo monetario para cualquier emergencia o si es que se queda sin trabajo.

¿A CUÁNTO ASCIENDE LA MULTA PARA LAS EMPRESAS QUE NO CONCEDAN LA CTS?

Si se da el caso en que una empresa no cumple con realizar el depósito de este beneficio, deberán pagar una multa. Al respecto, Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) manifestó que existen tres escalas, referente a las multas.

“Se trata de tres escalas de multas diferenciadas para la micro, pequeña, mediana y gran empresa (No MYPE) que aplica la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), las que van entre los S/ 484 hasta los S/ 114,928”, afirmó.

Además, el cálculo de la multa es de acuerdo al tipo de sector de la empresa, la base de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) (actualmente 4.400 soles) y el número de sus trabajadores. Del mismo modo, para las pequeñas y micro empresas será del 1% de los ingresos que recibieron durante el año anterior.

¿CÓMO CALCULO MI CTS?

Si ha trabajado en el periodo semestral completo, es decir, noviembre-abril, le corresponde un 50% del sueldo de abril, más la sexta parte de la gratificación que recibió en diciembre, esto es en el caso de las medianas y grandes empresas.

Por ejemplo, si el sueldo que usted recibió en abril fue de S/ 3,000 y la sexta parte de la gratificación de diciembre fue S/ 500, el total es S/3,500, de esta manera, el monto a depositar será S/ 1,750.

S.Z.C.M