Comisión de Justicia aprobó nueva iniciativa legislativa que beneficiaría a Alberto Fujimori

Comisión de justicia, (personas sentenciadas mayores de 70 años que padecen de enfermedades crónicas reconocidas, puedan cumplir su pena a través de vigilancia electrónica). La Fuente: El Comercio.

La comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República aprobó este martes  una propuesta dada por Fuerza popular, donde propone “que personas sentenciadas mayores de 70 años que padecen de enfermedades crónicas reconocidas, puedan cumplir su pena a través de vigilancia electrónica”. Asimismo fue establecida por la mayoría de votos del partido Fuerza Popular.

Esta nueva iniciativa, beneficiaría al ex presidente Alberto Fujimori, pues se dio luego que en la sesión de la comisión se rechazara la resolución que recomendaba facilitar las observaciones que realizó el Ejecutivo a una propuesta de ley de similar figura. En conjunto de todos del partido fuerza popular se formuló un nuevo texto y se aprobó con la mayoría de votos de esa bancada.

─Lo que dice la norma─

Al igual que el primer texto, esta iniciativa establece la “ejecución humanitaria de la pena”. Un mecanismo que permite que “el adulto mayor cumple su pena privativa de libertad a través de vigilancia electrónica personal dentro de un radio de acción y desplazamiento circunscrito a la provincia” en donde el sentenciado ha señalado un domicilio.

Entre los requisitos que se impone para acceder a este beneficio es tener más de 70 años y padecer enfermedad crónica reconocida por una junta médica “y cuyas condiciones carcelarias puedan colocar en riesgo su vida, salud e integridad”.

También pueden postular adultos mayores condenados que padecen trastornos mentales crónicos o irreversibles (también previa acreditación); así como los discapacitados físicamente de forma permanente y que afecte sensiblemente su capacidad de desplazamiento.

Además, se requiere un acta de buena conducta emitida por el INPE y haber cumplido un tercio de la pena. Se detalla que “el solicitante asume el costo del dispositivo electrónico y el servicio de vigilancia electrónica” salvo imposibilidades económicas.

Hasta este punto, de fondo el nuevo texto aprobado no contiene muchas diferencias respecto al antiguo. No obstante, en la signatura emitida al Ejecutivo y que fue observada sí se señalaba que mujeres mayores de 70 años y varones de 78, condenados, podían pedir este beneficio. No era necesario un informe médico.

En caso de las mujeres de 65 años y 75 años a más, previa enfermedad crónica acreditada, también podían postular. Ahora bien, en el texto el anterior también se establecía que quien declaraba la procedencia de la solicitud era el INPE en un máximo de cinco días.

En la nueva iniciativa aprobada ayer se determina que el pedido es tramitado ante el juez penal de turno, quien deberá verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos y resolver “en un plazo máximo de 10 días hábiles contados a partir de recibida la solicitud”. La solicitud puede ser presentada por el propio condenado, un pariente, su cónyuge o su abogado defensor.

En las excepciones sí hay algunas diferencias. Antes se establecía que el pedido no procede para “los condenados a pena privativa de la libertad por los delitos de terrorismo, traición a la patria, sicariato, feminicidio, contra la libertad sexual, tráfico ilícito de drogas en modalidad agravada, organización criminal” y cadena perpetua.

Ahora se quitó de las excepciones a los condenados por “organización criminal” y se añadió a los sentenciados por “lavado de activos, delitos contra la humanidad, trata de personas, explotación sexual, trabajo forzoso, extorsión y pornografía infantil”.

─Posiciones─

El congresista Oracio Pacori (Nuevo Perú) se mostró en desacuerdo con la forma cómo se puso el tema ayer en votación, y adelantó que planteará una observación. Gilbert Violeta (Peruanos por el Kambio), a diferencia señaló, que la iniciativa vuelva a comisión.

La parlamentaria Karina Beteta refirió que la norma “beneficia a más de 3 mil internos que vienen sufriendo carcelería” y que “no hay razón por justicia y derechos humanos que estas personas que padecen enfermedades terminales o que dependen de la ayuda de una tercera persona o tengan una  discapacidad, no puedan cumplir sus penas en su domicilio”.

Asimismo, Beteta no entró en detalles al ser consultada de el por qué no se incluyó antes las excepciones de los condenados por corrupción o homicidio calificado, ahora sí, pues es el caso de ex mandatario Alberto Fujimori.

La congresista solo rechazó, que este nuevo proyecto beneficie al ex presidente. Pues se conoce que ahora,  Alberto Fujimori  se encuentra internado en una clínica de Pueblo Libre desde el 3 de octubre, cuando el poder judicial anuló el indulto humanitario que fue concedido por el ex  mandatario Pedro Pablo Kuczynski.

A.L.B.