“Pensamos que, en estricto compromiso con la estabilidad y gobernabilidad, debemos corregir el modelo que ha enfrentado en los últimos años al Legislativo y el Ejecutivo: la incapacidad moral permanente y la cuestión de confianza”, señaló el premier.
Asimismo, agregó que “A diferencia de la incapacidad física y las demás causales de vacancia previstas en la Carta Magna, la incapacidad moral ha sido materia de interpretaciones variadas y algunas contrarias al espíritu de la Constitución que amenazan con desnaturalizar nuestro modelo presidencialista moderado o presidencialista atenuado”.
El Premier sugiere la necesidad de establecer un mecanismo de reforma que permita su sustitución debido a una “incapacidad moral o física permanente que sea incompatible con el ejercicio de la función”, con el fin de definir de manera clara las circunstancias que podrían llevar a la destitución del presidente de la República mediante “causales objetivas”.
Alberto Otárola mencionó que es necesario corregir “algunas contradicciones inherentes al ejercicio práctico y la aplicación de nuestro modelo constitucional”, de manera que no se requiera la cuestión de confianza cuando el presidente del Consejo de Ministros y otros miembros del Gabinete asistan al Parlamento para presentar y discutir la Política General de Gobierno.
Con respecto al procedimiento de la moción de censura a un ministro, Otárola Peñaranda enfatizó que “no establece ningún límite sustancial para su aplicación, lo que podría resultar en un uso arbitrario de este válido mecanismo de supervisión política”.