Tabaré Vázquez: “El caso de Alan García no es persecución política”

Mandatario uruguayo aseguró que en el Perú funcionan "autónomamente y libremente los tres poderes del Estado".

En diciembre del 2006, Tabaré Vázquez y Alan García estuvieron juntos en la II Cumbre de la Comunidad Sudamericana de Naciones. (Foto: AP)

La mañana del lunes 03 de diciembre, el presidente de Uruguay, Tabaré Vázquez, y el canciller Rodolfo Nin Novoa anunciaron durante una conferencia de prensa que no concederá el asilo solicitado por el expresidente Alan García. Tomaron dicha decisión debido a que “en Perú funcionan autónomamente y libremente los tres poderes del Estado”.

Durante su conferencia de esta mañana, Tabaré Vázquez señaló que el gobierno uruguayo leyó y estudió el material que el gobierno peruano envió días atrás.

“El gobierno de Uruguay ha considerado que las investigaciones judiciales contra el expresidente Alan García no constituyen persecución política”, agregó el canciller de Uruguay.

Presidente de Uruguay Tabaré Vásquez. Foto: El Comercio

“No hemos concedido el pedido de asilo […] porque en Perú funcionan autónomamente y libremente los tres poderes del Estado, y es precisamente el Poder Judicial el que está llevando a cabo las investigaciones de eventuales delitos económicos. Por estas consideraciones, estrictamente jurídicas y legales, el presidente y el canciller no concedemos el asilo político”, dijo Vázquez.

Canciller Rodolfo Nin Novoa

Por su parte, el canciller Novoa añadió: “El gobierno de Uruguay ha considerado que las investigaciones judiciales contra el expresidente Alan García no constituyen persecución política, tratándose de imputaciones vinculadas mayoritariamente a hechos económicos y administrativos desarrollados durante sus dos gestiones como presidente constitucional de la República del Perú”.

Por su parte en la tarde del lunes, el líder aprista Alan García Pérez envió un escrito a la opinión pública donde ratificaba que permanecería en el Perú y que está a “disposición de todas las investigaciones y convocatorias” de la justicia.

L. R. C.