El Estado de Emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, oficializado mediante el Decreto Supremo N° 124-2025-PCM, se ha dispuesto como una estrategia para «pasar de la defensiva a la ofensiva» frente al crimen organizado, según lo señalado por el presidente interino José Jerí Oré.
Esta declaratoria confiere a la Policía Nacional del Perú (PNP), con apoyo de las Fuerzas Armadas, mayores facultades operativas, permitiendo patrullajes y controles de identidad. Para ello, se suspenden temporalmente derechos constitucionales clave como la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la inviolabilidad de domicilio. Durante la vigencia de la norma, es obligatorio portar el Documento Nacional de Identidad (DNI) en todo momento.
Restricciones a motocicletas: La medida más comentada
Una de las disposiciones que impacta directamente a la ciudadanía es la restricción al tránsito de motocicletas lineales. La norma prohíbe explícitamente que dos adultos circulen juntos en estos vehículos, basándose en el uso frecuente de motocicletas para cometer delitos como el sicariato y el asalto.
La regla general establece que el conductor debe viajar solo. Las únicas excepciones son para el traslado de menores de edad por parte de sus padres o tutores legales. En estos casos, el conductor debe acreditar el vínculo familiar y el motivo del traslado mediante documentos como un carné estudiantil o un certificado médico.
Adicionalmente, se refuerza la obligación del uso de cascos y chalecos con número de placa visible o código QR para ambos ocupantes a partir del 17 de noviembre de 2025. El incumplimiento de estas normas, que serán fiscalizadas en operativos de control, generará multas de S/428 , sumándose la posible retención del vehículo en depósitos municipales y la acumulación de puntos negativos.








