La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha puesto a disponibilidad el Formulario Virtual N°705 – Renta Anual 2017 para que las personas naturales puedan exigir la devolución de los impuestos a la Renta que han sido retenidas por las empresas en las cuales laboraron.
La devolución puede darse hasta S/12,500 (3 UIT) que corresponderían al ejercicio anual del 2017 hasta el 6 de abril, explicó el tributarista José Verona.
Los intereses de la primera adquisición de viviendas, de los recibos de profesionales electrónicos y bancarizados (solo 12 profesiones son deducibles), de recibos de médicos y dentistas, y alquileres de inmuebles; son los rubros considerados para el descuento de los impuestos.
La regla general es que el pago tiene que ser bancarizado por cualquier monto, a menos que no exista entidad financiera donde resida el profesional, para deducir recibos por honorarios.
Si deseas pedir la devolución de los impuestos, primero debes ingresar al portal de Sunat, luego poner tu Clave Sol y después llenar el formulario virtual 705. Finalmente, revisa tu Declaración Jurada Anual Persona Natural 2017.
M.B.M.