Restricciones y multas para Navidad y Año Nuevo

El toque de queda será desde las 11 p.m. hasta las 4 a.m. del día siguiente.

Tras el incremento en los casos de la variante ómicron, el ministro de Salud, Hernando Cevallos, anunció un nuevo horario de inmovilización social obligatoria para las fiestas de Navidad y Año Nuevo en el país. Ahora será desde las 11 p.m. del viernes 24 de diciembre, hasta las 4 a.m. del sábado 25. Aplicará también para el viernes 31 y sábado 1 de enero de 2022.

El Decreto Supremo 179-2021-PCM que se publicó el 9 de diciembre señalaba la restricción entre la 1 a.m. y 4 a.m. En la norma, que por ahora solo modifica el horario de toque de queda, señala que durante el mencionado horario de restricción está prohibida toda reunión social que se organice en el territorio peruano, incluido los eventos sociales y visitas de familiares, en los cuatro niveles de alerta.

Es decir, las celebraciones en restaurantes, bares y otros establecimientos públicos, incluso en locales al aire libre, están prohibidos en las fechas y horario indicados.

El año pasado, el Ejecutivo dispuso la restricción del uso de vehículos particulares a nivel nacional durante los días 24 y 25 diciembre, así como el 31 de diciembre y el 1 de enero de 2021. Este año no se ha emitido ninguna restricción hasta el momento para el uso de vehículos particulares en las fechas indicadas, excepto durante el horario de toque de queda, donde no se podrá circular.

Respecto a los viajes interprovinciales, el Decreto Supremo 179-2021-PCM dispone que los pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre mayores de 18 años, en los cuatro niveles de alerta, solo podrán viajar si acreditan sus dosis completas de vacunación en el Perú o en el extranjero, o presentar una prueba molecular negativa no mayor a 72 horas de antigüedad.

Aquellos que incumplan estas medidas tendrán que pagar las multas estipuladas. En caso de ser intervenido y no portar DNI o se niegue a identificarse ante un efectivo de la Policía Nacional o las Fuerzas Armadas o salir fuera del horario de inmovilización social obligatoria tendrá una sanción de 440 soles.

Si realiza actividades de concurrencia masiva como grandes reuniones sociales en la vía pública, significaría una multa de 396 soles. En caso de circular con su vehículo en medio del toque de queda, la Policía Nacional retendrá su tarjeta de propiedad o licencia de conducir y le impondrá una sanción económica de 6.450 soles.