El Consejo Metropolitano de Lima ratificó la Ordenanza N° 2414-2025-MML, que rige la publicidad electoral durante los procesos de elecciones y plebiscitos en la ciudad. La normativa, que apareció en el diario oficial El Peruano, indica que se prohíbe colocar propaganda política en cerros, parques, postes de luz, puentes peatonales, laderas y bienes culturales, al ser considerados espacios públicos de uso común y de valor patrimonial.
El objetivo de la acción es proteger la seguridad pública, conservar el orden y defender la estética urbana. La regulación se implementará en toda Lima Metropolitana, abarcando el Cercado, las vías rápidas, colectores arteriales, cruces viales y zonas verdes circundantes
Entre las infracciones consideradas muy graves figuran:
- Exhibir propaganda electoral en cerros y laderas.
- Colocar avisos que atenten contra la dignidad, honor y reputación de las personas.
- Instalar propaganda en inmuebles declarados patrimonio cultural de la Nación.
- Usar muros de contención, malecones, playas, acantilados y monumentos arqueológicos.
- Colocar propaganda en plazas, alamedas, parques y áreas protegidas.
- Obstaculizar señales de tránsito o nomenclatura vial.
- Podar, derribar o dañar árboles en áreas públicas para instalar propaganda.
- Invocar símbolos o mensajes religiosos en campañas políticas.
Las sanciones económicas pueden llegar hasta S/32.000, además de la obligación de retirar de inmediato los avisos ilegales. La fiscalización estará a cargo de las municipalidades distritales, en coordinación con el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Con esta ordenanza, Lima se suma a las medidas nacionales establecidas en la Resolución N° 0112-2025-JNE, que aprobó el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, publicado el 12 de marzo de 2025. Dicho reglamento reemplazó al aprobado en febrero de 2024 (Resolución N° 0047-2024-JNE) y busca garantizar condiciones equitativas y prevenir el uso indebido de recursos públicos en campañas.









