Mientras se encuentran realizando las celebraciones este 28 y 29 de julio por Fiestas Patrias, el juez supremo Ricardo Brousset Salas, indicó que podría haber una sentencia máxima de hasta cuatro años de cárcel para aquellos que ultrajen, ofendan o menosprecien de manera pública los símbolos patrios, la memoria de los héroes o próceres de la independencia.
De la misma manera, el magistrado resaltó que sea considerado un delito, la persona o personas en cuestión deberían demostrar su desprecio y ofensa hacia los símbolos patrios en un lugar público o tiene que haberse transmitido a través de un medio de comunicación.
“Este menosprecio, vilipendio o ultraje debe darse de manera pública, de tal manera que sea escuchado por varias personas, o que se difunda por un medio de comunicación. Y el contenido tiene que ser de ofensa”, explicó el juez penal.
¿Qué medidas son sancionables?
- Quemar, pisar o arrojar la bandera del Perú.
- Agregar frases ofensivas cambiando la letra del himno nacional
- Usar ropa con la intención de despreciar los símbolos patrios, a un héroe o prócer de la patria. (Artículo 344 del Código Penal)
“En este caso, quien altera e intercala elementos extraños con fines de menospreciar un símbolo patrio, héroe o prócer de patria también es considerado un hecho doloso”, comentó el magistrado.