Presidente Castillo podría ser acusado constitucionalmente por no responder ante Comisión de Fiscalización

El presidente Castillo, no recibió a la Comisión de Fiscalización del Congreso que llegó hasta Palacio de Gobierno a fin de interrogarlo por los presuntos actos de corrupción que pesan en su contra.

El constitucionalista Omar Cairo, señaló que el presidente Castillo al no comparecer ante el la Comisión de Fiscalización podría conllevar a una posible suspensión, destitución o inhabilitación. Foto: GESTIÓN

Ya se conocía que Castillo no recibiría al mencionado grupo de trabajo. No obstante, se presentaron en la sede de Palacio de Gobierno para, posteriormente, negárseles la entrada al no tener una orden.

La decisión del presidente generó un impacto negativo en los miembros del grupo de trabajo parlamentario, quienes consideraron que se trataba de una falta de respeto contra su labor.

Es una falta de respeto a los señores congresistas. Cuando el presidente acude al Congreso de la República le damos todas las prerrogativas de un presidente, pero a nosotros nos quiere hacer ingresar por una puerta trasera”, declaró Héctor Ventura, titular de la Comisión de Fiscalización.

Por otro lado, este no sería el mayor problema para el primer mandatario. De acuerdo con el constitucionalista Omar Cairo, el artículo 97 de la Carta Magna señala que es obligatorio comparecer ante el Congreso y no existe excepción. Por consiguiente, se habría cometido una infracción constitucional.

“Hay un artículo que dice que comparecer es obligatorio y para todos. No hay excepciones. Inclusive permite que se le pida a un juez que si tú no vas, ordene que te conduzca la Policía. Y sobre eso no está exonerado nadie. Si el presidente Castillo no ha ido, ha infringido este artículo y lo que corresponde es un juicio político por infracción a la constitución”, señaló el jurista.

Cairo, también explicó en qué consiste el juicio político y las posibles consecuencias que tendría que afrontar el mandatario.

“El juicio político es un proceso que comienza con una denuncia constitucional ante la Comisión Permanente y ellos deciden si lo acusan ante el pleno. Luego, el pleno resuelve si es fundada o infundada la denuncia. Si es fundada, pueden haber tres sanciones: suspensión, destitución o inhabilitación. En el caso de la suspensión, podría ser temporal. Podrían decidir suspender al presidente por dos años o un año y entraría Dina Boluarte”, aseveró.

El jurista aclaró que este juicio político no se contrapone con el artículo 117 de la Constitución, el cual señala que el jefe de Estado solo puede ser acusado por traición a la patria, oponerse a las elecciones, disolver el Congreso o impedir el funcionamiento de los órganos electorales.

Cairo especificó que tanto la fiscal de la nación, Patricia Benavides, como los parlamentarios pueden presentar esta denuncia y pedir que el mandatario sea destituido.

“Al no ir, está infringiendo el artículo 97 y eso da lugar a un procedimiento distinto, ya no por lo de Sarratea, de lo que le están investigando, sino por contravenir el mandato de comparecer, que está establecido en la constitución. El fiscal de la nación o cualquier congresista puede interponer una denuncia constitucional contra él ante la Comisión Permanente, pidiendo que se le destituya por el simple hecho de no haber comparecido ante la Comisión de Fiscalización. Ese es un deber constitucional de todos los peruanos, sin exclusión”, añadió.

“Este caso sería mucho menos cuestionable que una vacancia. La vacancia está cuestionada porque la incapacidad moral no se sabe qué es. En cambio, la infracción constitucional sí se sabe qué es y tiene un procedimiento regulado en el cual el presidente tiene el derecho de defensa. Por eso es que si se le hace un juicio político por infracción constitucional y se le destituye, va a tener muy pocas posibilidades de alegar que es un golpe de Estado, porque todo estaría en regla. Se ha hecho un autogol no recibiendo hoy día a la comisión”, afirmó.

Por último, consideró que hubiese sido mejor para los intereses de Castillo permitir el ingreso de la Comisión de Fiscalización y, si así lo quiere, acogerse a su derecho a guardar silencio.

Fuente: Radio Exitosa