Poder Judicial sobre rechazo de la acción de amparo de Castillo: «Fue elegido constitucionalmente; sin embargo, ello no implica que esté exento del control político».

Las esperanzas del investigado mandatario se vieron disueltas tras el fallo del Juzgado Constitucional.

El Primer Juzgado Constitucional de Lima resolvió como infundada la demanda interpuesta por Pedro Castillo (Presidente de la Republica) en contra de los integrantes de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. El pedido del mandatario anhelaba anular el documento aprobado por el referido equipo de trabajo congresal acerca de la demanda constitucional por el presunto delito de traición a la patria.

El recurso manifestado por el mandatario, actualmente investigado por la Fiscalía, contra los legisladores Carlos Ernesto Bustamante Donayre, Martha Moyano Delgado, Hernando Guerra García Campos, Rocío Torres Salinas, Alejandro Enrique Cavero Alva, María Grimanesa Acuña Peralta, Alejandro Muñante Barrios y Wilson Soto Palacios fue denegado bajo el argumento de que el cargo que ostenta no lo exime de control político.

«Se precisa que el demandante fue elegido constitucionalmente y ostenta el más alto cargo público del país; sin embargo, ello no implica que quede exento del control político; no siendo competencia del juzgado constitucional evaluar la legitimidad de los argumentos y pruebas con las cuales la Sub Comisión demandada acusa la infracción constitucional y la existencia de indicios de la comisión del delito; en tanto ello es labor propia del Congreso de la República, en este proceso únicamente se verifica que se cumpla con el debido proceso conforme a la normatividad interna e internacional», señala el documento publico.