La audiencia realizada por vía Zoom contó con la presencia de Keiko Fujimori para oír la sustentación del fiscal José Domingo Pérez quien lleva las diligencias fiscales por el Caso Cócteles, por esa razón planteó la prisión preventiva por quebrantar las reglas de conducta al viajar a EE.UU. el 25 de mayo, alegando que habría la posibilidad de reunirse con otros coacusados.
Según el magistrado Victor Zuñiga Urday, la abogada defensora Giulliana Loza al apelar en la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, habría pedido revocar la orden de impedimento de salida del país por 36 meses hacia la excandidata presidencial Keiko Fujimori, por lo que, no era necesario pedir permiso judicial para viajar fuera del Perú.
El fiscal José Domingo Pérez puso en duda la presencia de la lideresa de Fuerza Popular para el juicio oral establecido el 1 de julio, ya que cuenta con la libertad de trasladarse sin tener que rendir cuentas al Poder Judicial, por tanto expresó su molestia comentando “¿La impunidad es inherente al apellido Fujimori?” a lo que el juez consideró imprudente estas calificaciones.
Luego, el fiscal solicitó que el partido de Fuerza Popular sea disuelta y liquidada, sin embargo, no pudo proceder por la celeridad que le dió el congreso de la República conformada por la mayoría congresal de Fuerza Popular a la Ley 32054, la cual modifica el artículo 105 del Código Penal que excluye a todos los partidos políticos de ser clausurados, diluidos, liquidados y suspensión de actividades. También la Ley 32054 indica que las organizaciones políticas no podrán ser sancionadas ya que se aplicará el delito al investigado.