Hoy en el Diario Oficial El Peruano se aprobó la Ley N.º 31348, el cual dispone el enriquecimiento de este dicho cereal destinado al consumo de las personas en el Perú, ya sea nacional, importado o donado.
El Ministro de Salud dispondrá las fichas de homologación para el enriquecimiento del arroz nacional, donado o importado, con micronutrientes esenciales.
Una preparación final complementaria brinda un plazo de un año a las entidades productoras para adaptarse a esta disposición, con los padrones aprobados por el Minsa, con la finalidad de que este producto sea vendido al público en general.
El Minsa tiene un plazo de 30 días calendario para aprobar el reglamento que corresponde.
No estando promulgada dentro del plazo constitucional por el presidente de la República, la ley fue promulgada por la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, y la primera vicepresidenta Lady Camones en cumplimiento de los artículos 108º de la Constitución Política del Perú y 80° del Reglamento del Congreso de la República.
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) ya está en marcha trabajando un programa para poner al alcance a los ciudadanos alimentos fortificados, que ayuden a parar la anemia y combatir la desnutrición crónica infantil, de las cuales el arroz, es un alimento básico que consume todos los peruanos.
El consumo de este cereal fortificado mejorará el consumo de hierro en los adolescentes, gestantes y sobre todo niños, ya que incluye micronutrientes como el cinc, vitamina A, hierro, vitamina B1, y otros nutrientes más.
En el país, el consumo per cápita es de 61 Kg/persona/año, donde posibilita que el producto fortificado llegue y sea consumido entre muchas personas.
D.B.V.B.