Pedro Olaechea y sus ocho preguntas claves

El presidente del Congreso envió un oficio a la Comisión de Venecia para consultarles sobre la Ley de Reforma Constitucional y el adelanto de elecciones generales. En el documento se encuentran las ocho preguntas claves que abarcan los temas mencionados.

Foto: AméricaTV

Pedro Olaechea también sabe mover sus fichas, tiene muy clara su estrategia para combatir la reforma de adelanto de elecciones, al igual que la cuestión de confianza que se podría plantear si este es rechazado o se demora.

Recordemos que el 16 de agosto Olaechea consultó al órgano consultivo del Consejo de Europa que resuelve todo tipo de dudas constitucionales, conocido como la Comisión de Venecia, sobre este caso. El presidente del Congreso reunió a varios abogados constitucionalistas para que analicen la reforma del presidente Martín Vizcarra.

En el contenido del oficio se encuentran ocho preguntas claves que abarcan los temas de adelanto de elecciones y cuestión de confianza. Óscar Urviola, Víctor García Toma, Aníbal Quiroga, Domingo García Belaunde y Natale Amprimo todos ellos abogados constitucionalistas enviaron sus análisis ad honórem después de ser consultados. Y, para sorpresa de todos los peruanos, estos especialistas firmaron su pronunciamiento rechazando los dos temas tratados en el oficio.

Estas fueron las preguntas claves:

1. ¿Cómo se afectaría el modelo constitucional peruano de sentarse el precedente de adelanto de elecciones generales?

2. ¿El Congreso de la República tiene entre sus facultades aprobar o no la iniciativa legislativa planteada por el Ejecutivo?

3. ¿En cualquiera de las dos opciones o una aprobación con modificaciones, puede ser observada por el presidente?

4. ¿Puede el presidente del Consejo de Ministros hacer una cuestión de confianza respecto de la aprobación o desaprobación del proyecto de reforma constitucional?

5. ¿En caso que el presidente del Consejo de Ministros formule un pedido de cuestión de confianza respecto del proyecto de reforma constitucional, podría el Congreso no tramitarlo?

6. ¿Cuál sería el escenario y cómo dilucidaría tal situación?

7. ¿En caso de aprobación y promulgación, puede aplicarse a la actual representación nacional?

8. ¿Es pertinente la modificación del art. 112º de la Constitución para prohibir la postulación inmediata de quien en dicho periodo haya también jurado al cargo de presidente de la República?

J.A.A