Municipalidad y alcaldesa de San Isidro se oponen a inversión privada y desacatan a Indecopi

Van más de dos años que un inversionista privado desea construir un hotel 4 estrellas en la avenida Cavenecia de San Isidro y no lo puede hacer por prohibición expresa y legal de la Municipalidad de San Isidro, que impide desarrollar el giro de hoteles de cuatro y cinco estrellas y solo aprueba la construcción de hoteles en las avenidas Javier Prado Oeste y Arequipa.

Como es conocido en la avenida Cavenecia, que es compartida por los distritos de Miraflores y San Isidro, existen todo tipo de negocios, desde restaurantes, farmacias, Super Plaza Vea y hasta centros comerciales, entonces no es residencial, por lo que la Municipalidad de San Isidro ha impuesto una barrera burocrática y ha sido denunciada ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

Esta institución, en dos instancias de sus tribunales ha declarado, como barrera burocrática ilegal, la disposición sanisidrina y de la Municipalidad de Lima Metropolitana (MML) que afecta la inversión y las actividades económicas. Es decir, ambas instituciones ediles violan la Ley Antibarreras (DL 1256).

No obstante haber perdido en dos fallos, la Municipalidad de San Isidro se sigue oponiendo a la construcción de un hotel 4 estrellas en el área comercial de Cavenecia.

Las barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad, para mejor conocimiento del lector, son exigencias, requisitos, prohibiciones o limitaciones que realiza une entidad estatal, en este caso la Municipalidad de San Isidro, para obstaculizar el desarrollo de actividades económicas.

La resolución de la Sala de Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) precisa, incluso, que cualquier incumplimiento a su disposición podrá ser sancionado con una multa de hasta veinte Unidades Impositivas Tributarias.

Cabe precisar que desde que se proyectó la construcción del citado hotel de 4 estrellas, hasta la consecución del resultado favorable por parte del Indecopi, reiteramos, transcurrieron poco menos de dos años, por lo que la ejecución del mandato de Indecopi resultaba de vital importancia para no perder la inversión realizada en el proyecto de negocios.

Es conocido que, San Isidro es un distrito que alberga una de las mayores ofertas hoteleras del país, por lo que restringir la construcción de hoteles de 4 y 5 estrellas a solo las avenidas Javier Prado y Arequipa, reduce la oferta afectando necesariamente la competencia, lo cual fue desarrollado a lo largo del procedimiento ante el Indecopi.

Uno de los elementos centrales de la evaluación de razonabilidad fue la necesidad de haber evaluado la oferta hotelera de esta categoría, antes de emitir la prohibición materia de denuncia. Evaluación que claramente no fue realizada por la MML, para contrastar con los presuntos beneficios que esta tendría, es decir, no existió una evaluación de los costos, en ninguno de sus aspectos, ni de los beneficios que se obtendrían a costa de estos impactos.  

Para continuar con la letanía de desanimar a los inversionistas privados, pese a la muy clara argumentación legal de Indecopi, la Municipalidad de San Isidro ha interpuesto -en enero de este año- una acción contencioso-administrativa, para que el Poder Judicial revise la resolución del Indecopi. Ello, pese a que la propia Ley Antibarreras establece que los procuradores y municipalidades que no interpongan dicha acción no incurren en responsabilidad.

Sin embargo, hay que tomar en cuenta que, la Ley del Proceso Contencioso Administrativo, dispone que la sola interposición de una acción contencioso- administrativa no suspende los efectos de la sentencia del Indecopi, salvo que el Poder Judicial ordene una medida cautelar dentro del procedimiento, que no lo ha ordenado.

Empero, el inversionista inició desde abril del presente año, una batalla administrativa contra la Municipalidad de San Isidro al solicitar la autorización de Anteproyecto en Consulta para la Construcción de un Hotel de 4 estrellas en la Av. Emilio Cavenecia, recibiendo múltiples dictámenes de no conformidad, amparándose en diversas observaciones técnico-legales, que van en contra del mandato de Indecopi, de manera directa e indirecta.

La alcaldesa de dicho distrito, Nancy Vizurraga, no puede ignorar estos acontecimientos, porque mediante carta, de fecha, 6 de junio de 2024, que hasta el momento no se ha obtenido respuesta alguna.

Asimismo, en el marco de la interposición de la demanda contencioso-administrativa que ha planteado la MDSI contra la resolución del Indecopi –buscando perpetuar los efectos de una prohibición que ha sido declarada carente de razonabilidad por el ente técnico sobre la materia (el Indecopi), le presentaron una solicitud de Acceso a la Información Pública el 11 de julio del 2024; siendo que, a la fecha, dicha solicitud tampoco ha merecido respuesta alguna.

Las múltiples respuestas brindadas por las Comisiones Técnicas presididas por la Sub-Gerenta de Obras Privadas de la cita municipalidad, han significado reiterativos incumplimientos al mandato confirmado por la Sala del Indecopi; lo cual, también fue puesto de conocimiento de la alcaldesa Nancy Vizurraga; sin que, a la fecha, se haya obtenido respuesta de ningún tipo.

El accionar de la municipalidad sanisidrina ha representado que, en la práctica, los inversionistas hayan tenido que librar un año adicional a los dos que ya había litigado en el Indecopi, sumando un total de 3 años sin que la Municipalidad de San Isidro le puede otorgar una autorización de Anteproyecto en Consulta, es decir, tres años sin poder iniciar ningún tipo de acción o plan de negocios, construir, ni poder proyectar el inicio de funciones.

Qué diferencia con la Municipalidad de Miraflores y su alcalde Carlos Canales, que si favorece la inversión privada en su distrito y, en especial, la construcción de hoteles.