El laboralista y socio del Estudio Muñiz, César Pintriano, señaló que las empresas que no cumplan con el pago del CTS a sus trabajadores serán multadas con tres distintas escalas dependiendo si son micro, pequeña, mediana y gran empresa (no mype) como partes de las medidas que aplica la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). “No depositar íntegra y oportunamente la CTS es una infracción grave en materia de relaciones laborales”, precisó.
Cabe señalar que, la base para las multas laborales actuales fueron aprobadas gracias al D.S. 008-2020-TR pero, ante los nuevos cambios, Puntriano mencionó que, para determinar el monto de la multa al que pertenezca empresa, se tendrá en cuenta el número de trabajadores y se considerará como base de la UIT (S/ 4,600 vigente en el 2022).
Las sanciones para las micro empresas inscritas en Remype no podrán sobrepasar en un mismo procedimiento sancionador el 1% de los ingresos netos ingresados en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección; es decir, que debe oscilar entre S/ 506 a S/ 2,070. Asimismo, las multas a la pequeña empresa será de S/ 2,070 a S/ 20,700. En cuánto a las grandes empresas, el correctivo va de S/ 7,222 a S/ 120, 152.