Modificación en la Ley de pruebas de paternidad

El pasado miércoles se promulgó la nueva norma que se denominó “Ley de ADN Gratuito”, por el contrario la prueba no consta de una prueba gratis de ADN sino indica que el demandado, es decir el supuesto padre acusado, no pague o no  asuma el costo de la prueba de paternidad, en un plazo de 10 días entonces el Juzgado declarará su paternidad como positiva.

La modificación de la Ley que se encarga de regular el proceso de filiación judicial de paternidad extramatrimonial, señala que el costo de la prueba equivale a  S/. 1400, y seguirá siendo asumido por el demandante, para que en un pazo de 20 días hábiles se entreguen los resultados definitivos.

“Lo que pretende la nueva ley es aclarar determinados puntos. Básicamente busca reducir el tiempo de estos procesos que por lo general son muy largos debido a la carga procesal de los Juzgados de Familia y de Paz Letrado”, señala Marybell Jara, abogada civil del estudio Linares Abogados.

Sin embargo si el costo no es asumido por el demandado terminado el plazo, entonces se procederá a una declaración de paternidad, si en el caso la demandante pague el costo de la prueba, se le devolverá por ley el costo de lo invertido, si la prueba fuera positiva.

Las demandantes tampoco pagaran las tasas judiciales donde  los costos son de S/. 40,50 como tampoco necesitarán un abogado para presentar dicha demanda.

Finalmente si el supuesto padre demandado no cuenta con el dinero o los medios para pagar  la prueba de ADN; podrá solicitar el auxilio judicial, para que el Estado se responsabilice por el pago.

J.A.F