Minjusdh publicó norma para endurecer medidas seguridad para los reclusos

Nuevo decreto limita las visitas de los reos

Nuevo decreto estima endurecer las medidas de seguridad para los internos. FOTO: Minjusdh

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobó el Decreto Supremo N.º 019-2025-JUS, el cual modifica el Reglamento del Código de Ejecución Penal. Esto con el propósito de endurecer las medidas de seguridad a internos de mayor peligrosidad.

Esta normativa develada por el Minjusdh pretende negar el ingreso de objetos prohibidos, impedir que se realicen comunicaciones ilícitas y que se garantice el principio de autoridad. Esto con el fin de mantener el orden dentro de las cárceles. En ese sentido, este oficio dictamina que se realicen modificaciones en los artículos 63, 64 y 65 del Reglamento del Código de Ejecución Penal, a través de tres etapas: A, B y C.

En la etapa A, los reclusos deberán seguir estrictas reglas disciplinarias y estarán sujetos a una vigilancia permanente. Recibirán una visita cada dos semanas de un familiar, con el límite de una hora en el locutorio, y tendrán 2 horas de patio diario. Asimismo, sus celdas permanecerán cerradas y está prohibido que los reos circulen por los pasajes.

Por otra parte, en la etapa B seguirán bajo el mismo control, aunque se dispone la visita de 2 familiares máximo por cada 2 semanas. Estas personas tienen que ser parientes consanguíneos, permitidos hasta el cuarto grado, o afinidad hasta el segundo grado, varones o mujeres, incluido el cónyuge. Además, estas visitas serán bajo locutorio con el límite de dos horas, y con tres horas de patio al día.

Adicionalmente, la etapa C será para los reos que mantengan mejor conducta, a quienes se les permitirá cuatro horas de patio y hasta tres horas de visitas familiares en el locutorio bajo la supervisión del Consejo Técnico Penitenciario.