MEF aprueba normas para ordenamiento del Régimen de pensiones militar y policial

Para oficiales y suboficiales.

El MEF aprueba normas para ordenamiento del Régimen de pensiones militar y policial para oficiales y suboficiales.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aprobó hoy las normas reglamentarias y complementarias para el ordenamiento definitivo del Régimen de pensiones del personal militar y policial.

A través del Decreto Supremo N° 101 – 2021 – EF, publicado hoy en el diario oficial “El Peruano”, se dispuso la aprobación de dichas normas que constan de cuatro capítulos, 23 artículos y cinco disposiciones complementarias finales.

La norma explica que el Régimen de pensiones del personal militar y policial es el nuevo régimen previsional aplicable a quienes inicien la carrera de oficiales y suboficiales y comprende al:

  • Personal militar de las Fuerzas Armadas comprendido en la Ley N° 28359 y el Decreto Legislativo N° 1149.

Asimismo, el régimen de pensiones del personal militar y policial otorga las siguientes pensiones:

  • Para el personal militar y policial: retiro, disponibilidad, invalidez para el servicio e incapacidad para el servicio.
  • Para los sobrevivientes: viudez (por matrimonio o por unión de hecho); orfandad (hijas e hijos menores de edad; hijas e hijos mayores de edad que cursen estudios, e hijas e hijos mayores de edad que adolezcan de incapacidad absoluta por el trabajo) y ascendencia (madre o padre mayor de 60 años y madre o padre permanentemente incapacitados para trabajar).

El dispositivo legal señala que la implementación de lo establecido en el presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

La norma dispone la publicación del mencionado decreto supremo y su anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en los portales institucionales del MEF (www.gob.pe/mef), del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) y del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef).

I.W.M.H