Martín Vizcarra Cornejo, expresidente, enfrenta un caso por el presunto delito de negociación incompatible en agravio del Estado durante su gestión como gobernador regional de Moquegua ya que habría permitido pagos indebidos de supervisiones no realizadas a la represa Chirimayuni. La Fiscalía solicitó 4 años y 8 meses de condena.
El exmandatario se habría beneficiado con la Ley N°31751 (ahora denominada “Ley Soto”) en octubre del año pasado. Vizcarra logró detener el caso, sin embargo, el Poder Judicial (PJ) falló decidió revocar esa decisión.
En diciembre se realizó una audiencia para evaluar el caso y el Ministerio Público hizo mención a que el Acuerdo Plenario N° 05-2023 que señala que la norma denominada “Ley Soto” debe adecuarse a los fines que tiene la Constitución. Por lo tanto, la investigación contra Martín Vizcarra proseguirá.
“En el presente caso ha analizado si la ley es la más idónea, ha hecho un parangón y ha verificado, en un análisis bastante profundo, que precisamente los códigos latinoamericanos establecen un plazo de suspensión de 3 a 5 años. Entonces, si se busca la idoneidad, se ve que la alternativa escogida no es la mas idónea al caso. De igual manera, en cuanto al principio de necesidad, existen otras medidas que son eficaces para equilibrar el conjunto de derechos, garantías y bienes jurídicos constitucionales”, indica la resolución.
Nota de prensa sobre el caso Chirimayuni contra Vizcarra. (Fuente: Correo)