Con la llegada de la COVID-19 hubieron varios cambios en distintos ámbitos de nuestra vida. El más notorio fue el del teletrabajo, como reemplazo del trabajo tradicional. Por ello, se han venido proponiendo nuevas normativas para poder darle sostenibilidad a esta modalidad.
Bajo esa idea el pasado mes de septiembre del 2022 se aprobó la Ley 31572, Ley del Teletrabajo, entrando en vigencia el 1 de enero del presente año. Esto aplicaría para todos los trabajadores del Perú.
Esta nueva normativa reemplazará a la anterior ley del teletrabajo que fue creada en el 2013. Esta solo tenía validez hasta el 31 de diciembre del 2022. Cabe resaltar, que también fue muy útil durante el aislamiento social y para ejecutar de manera correcta el trabajo desde casa.
Entonces, mediante la Resolución Ministerial 347-2022-TR, el poder Ejecutivo modificó las ley del teletrabajo, en base a recomendaciones y sugerencias de diferentes entes privado, empresas y trabajadores.
¿CUÁLES SON LOS CAMBIOS?
Son tres, los cambios más notorios de la nueva ley. Esto según el abogado laboralista, Jorge Toyama. En primer lugar, tanto el trabajador como el empleador, deben de firmar un nuevo acuerdo escrito en el que se respeten las nuevas normas.
Si es que eres un trabajador que recién se va a incorporar, esta nueva política debe de estar incorporada dentro del contrato, pero si eres antiguo y con contrato vigente, el nuevo acuerdo debería de complementar el contrato ya firmado.
“Este acuerdo antes era verbal, pero ahora será escrito. Es importante porque establecerá las nuevas reglas de juego como, por ejemplo, si el trabajo será híbrido o 100 % teletrabajo. Además deberá determinar el horario y la desconexión digital”, indicó.
De ese modo, se podrá multar a la empresa en caso no respete lo establecido. De igual forma, la empresa puede sancionar al trabajador por el incumplimiento del teletrabajo. Por este motivo es fundamenta firmar los acuerdos para salvaguardar ambas partes.
COSTOS
Uno de los socios del estudio de abogados Vinatea & Toyama, aseguró que el segundo punto a tener en cuenta es todo el gasto logístico que hay de por medio.
“El segundo gran cambio es sobre quién asume las herramientas y los gastos de laborar en casa, parcialmente. Entonces ahí la nueva norma indica que las partes pueden acordar que el trabajador los asuma”, mencionó.
Al día de hoy, tanto el trabajador como la empresa asumen los gastos, es decir que son gastos mixtos para el beneficio de ambos.
“La empresa le proporciona la laptop o PC, el celular, quizás un plan de datos derivado del fono móvil, y el trabajador solventa los demás gastos originados por la labor en casa, es decir, la energía eléctrica, el wifi”, aclaró.
Finalmente, Toyama Miyagusuku dijo que el último punto a tener en cuenta es el de preservar la Seguridad y Salud del Trabajo en casa.
“La empresa tiene la obligación de asegurarse que el trabajador sepa dónde trabajará, con qué luz, si hay bulla; en resumen, que tenga las condiciones laborales óptimas”, finalizó.