El Decreto Supremo N.º 042-2025-PCM, aprobado por el Poder Ejecutivo y publicado el 3 de abril, estableció el próximo 2 de mayo de 2025 como día no laborable para el sector público a nivel nacional. De esa forma, los peruanos podrán disfrutar de un “feriado largo” que inicia el jueves 1 mayo con motivo del Día Internacional del Trabajo.
El documento aclara que las entidades públicas deberán acogerse al ordenamiento de acuerdo a lo dispuesto por el Ejecutivo. En cuanto al sector privado, se menciona que cada organización tiene la libertad de decidir si acata la disposición o no previo acuerdo con sus trabajadores.
En ambos casos, el día no laborable deberá ser compensado de manera obligatoria en los diez días posteriores en coordinación con la administración de la entidad pública o privada en función de las necesidades de cada organización. Cabe destacar que en caso que los trabajadores del sector privado realicen sus funciones con normalidad el viernes 2 mayo, no implicará una remuneración adicional. Para los trabajadores del sector público simplemente deberán devolver el día descansado.
También, el decreto enfatiza que las entidades públicas están en la obligación de adoptar las medidas que crean necesarias para asegurar el funcionamiento de los servicios públicos indispensables para la sociedad durante el día no laborable. Lo que supone que a pesar de pertenecer al sector público, muchas personas continuarán trabajando con normalidad.