Exoneración del impuesto predial para adultos mayores en el Perú

 Los interesados deben presenter los documentos requeridos para el procedimiento de solicitud

Fuente: Federación de Periodistas del Perú (FPP)


Los adultos mayores en nuestro país tienen la opción de exoneración del impuesto predial, lo que les proporciona un significativo alivio fiscal. Este benefecio, supervisado por la Adminstración Tributal (SAT), está sujeta a ciertos requisitos que los solicitantes deben cumplir, incluyendo el valor de la propiedad y sus ingresos

Para acceder a esta exoneración, los interesados deben ser mayores de 60 años. Adicionalmente, el valor de inmueble de acuerdo al autovalúo,  no deben exceder de las 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 247.500. Si la propiedad cumple con este limite, el adulto mayor puede obtener la exoneración total del impuesto predial. Ademas, los ingresos brutos mensuales del solicitante no deben superar los 1 UIT, que para 2024 está fijada en S/ 5.150. Este beneficio está destinada a quienes solo poseen una propiedad que sirve como residencia principal.

¿Qué es el impuesto predial, según el SAT?
El impuesto predial es gestionado  por las municipalidades distritales donde se ubica el predio, siendo la Municipalidad de Lima responsable de los  inmuebles en el Cercado de Lima. Este tributo grava el valor de los predios urbanos y rústicos basado autovalúo, calculado anualmente según aranceles y precios aprobados por el Ministerio de Vivienda.

¿Cómo los adultos mayores pueden solicitar la exoneración del impuesto predial?

Para poder acceder a la exoneración deben seguir los siguientes pasos, con una serie de documentos importantes:

–  Acudir a la municipalidad correspondiente a su distrito  

– Contar con su Documento Nacional de Indentidad (DNI) o el de su representante legal.

– Presentar o demostrar la titularidad de la propiedad.

– Boleta de pago u cualquier otro que acredite los ingresos personales del solicitante.

Por otro lado, se indició que si el inmueble pertenece a una sociedad conyugal, es necesario incluir los ingresos del cónyuge. De esta forma el SAT, verificará si el solicitante cumpla con todos los requisitos para que se le pueda otorgar los beneficios solicitado, en el cual se puede mantenerse en los años siguientes siempre en cuando se renueve conforme a la normativa vigente.