María Alejandra Quintana de Caro & Asociados, abogada penalista, mencionó en un medio local, que el hostigamiento sexual es una conducta lesiva contra una persona donde se presencie una relación de jerarquía. Ello puede ser mediante el uso de palabras inadecuadas, gestos, algún tipo de tocamiento o comportamiento que la persona receptora no lo tolere.
Cabe resaltar que Quintana mencionó que el hostigamiento sexual se presenta en el ámbito laboral, por ese motivo, todas las organizaciones y los centros laborales deben basarse en políticas internas y procedimientos para afrontar dichas situaciones.
En términos de proceso, el acosado debe informar al área de Recursos Humanos, y esta misma tiene 10 días de acuerdo a ley para pronunciarse y resolver el caso. Además, en caso el colaborador no se encuentre satisfecho con el procedimiento o cree que seguirá siendo víctima del hostigamiento deberá acudir a Sunafil.
»Toda empresa debe contar con un protocolo interno, un procedimiento, y cuando el trabajador sienta que no se está amparando sus derechos puede acudir a la Sunafil», terminó aportando María Quintana.