COVID-19: Gobierno determinó que trabajadores y profesionales podrán circular los domingos

Este domingo 16 de agosto se retomará la inmovilización obligatoria total con el fin de evitar la mayor propagación del virus en el país

Asimismo, el Gobierno mencionó que personas que necesiten atención médica urgente podrán movilizarse.

A partir de este 16 de agosto se retomará la inmovilización obligatoria total sólo los días domingo. Esta medida, es debido a que los casos de contagio de COVID-19 han ido en aumento y se busca evitar que la propagación del virus continúe en el país. Por otro lado, se sabe que hay personas que deben de circular los días domingo y, por ello, el Gobierno emitió un decreto supremo que define quién puede circular y bajo qué condiciones. 

En este decreto supremo se determina que las personas que pueden circular el día domingo son únicamente trabajadores que prestan servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio.

Por otro lado, se estableció que los días domingo durante la inmovilización obligatoria total las farmacias, boticas y droguerías podrán prestar atención. En el caso de los periodistas, prensa escrita, radial o televisiva podrán transitar pero deben de portar el pase laboral, credencial periodística y DNI.

En el decreto también se indicó: “También se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud y la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización social obligatoria”.

Cabe señalar que se contempla hacer la excepción con trabajadores de servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas,  combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades relacionadas, así también, actividades que tengan que ver con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales.

A.M.G.B.