La grave crisis sanitaria económica y sanitaria generada por la pandemia del coronavirus, ha complicado la situación de muchas compañías e inclusive provocó el cierre de muchas de ellas. Sin embargo, la destacada abogada laboralista de Aguirre Abogados & Asesores, María Ángela Vásquez, detalla que esta situación no excusa a las empresas de sus deberes laborales.
De acuerdo a la especialista, las empresas que hayan decido cerrar cumplirán los siguientes puntos con sus empleados, los colaboradores de cualquier compañía deben recibir una comunicación formal de la disolución y liquidación de su centro de trabajo, esta deberá ser mediante cartas notariales. La profesional mencionó que «En estas cartas, se deberá informar las razones del cierre de la empresa y del cese del trabajador. El cese se producirá a los 10 días naturales de recibida la comunicación”, detalló la abogada.
Asimismo, los ex trabajadores de la compañía deberán recibir la liquidación por sus años de labor, también de una carta que le conceda la posibilidad de retirar el dinero de su CTS, además del certificado de trabajo completamente detallado, documentos que permiten el cumplimiento de los beneficios sociales. Cabe señalar, que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) informó que entre los meses de abril y junio cerca de 2,6 millones de peruanos perdieron su empleo debido a la crisis actual.
Finalmente, las compañías no deben coaccionar a sus empleados ni obligarlos a firmar mutuos acuerdos o cartas de renuncia, si los trabajadores son objetos de presión pueden presentar su denuncia ante la Autoridad Administrativa del Trabajo.
B.H.S.M.