Hoy, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) a través de su decreto aprobó el reglamento Ley Nº 31557, indicando que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia, y que esta ley ha sido modificada por la Ley N° 31806, basándose en 4 aspectos importantes.
El ministro de Comercio Exterior y Turismo, Juan Carlos Mathews indicó que “Es la primera vez que se regula en el país esta importante actividad económica. En Sudamérica, el Perú se convierte en el tercer país en reglamentarla, luego de Colombia y Argentina”.
Los 4 aspectos importantes en las que se basaron fueron que las apuestas deportivas se hicieran de manera íntegra, honesta, transparente y equitativa, asimismo el poder de proteger los sectores que pueda tener algún problema económico en su población, restringir que las apuestas sean para lo menores de edad o que se les brinde alguna información al respecto como de igual manera sensibilizar al apostador a no ser adictivo.
A través del diario oficial el Peruano se pudo conocer que ”El reglamento está compuesto de 7 Títulos, 57 artículos, 3 Disposiciones Complementarias Transitorias, 3 Disposiciones Complementarias Finales y 2 Anexos”.
Cabe resaltar que durante el 2022 ya se había sometido a un proceso de Consulta Pública Regulatoria que tuvo lugar desde el 11 de noviembre hasta el 2 de diciembre. Durante este período, se recibieron un total de 772 sugerencias, opiniones y contribuciones por parte de diversos actores tanto del ámbito público como privado.
Finalmente, con esta nueva norma los apostadores podrán estar tranquilos ante cualquier problema de estafa y además estar seguros que si alguna casa de apuesta pueda estafarlos o no cumplan con las normas establecidas la penalización no será inferior a 150 UIT.