Congreso promulga ley que elimina el régimen CAS en sector público por insistencia

La única excepción para la contratación del CAS es mediante la renovación de los contratos de los trabajadores que ya se encuentran bajo esta modalidad.

El Parlamento de la República aprobó hoy la ley Nº 31131 para la eliminación del régimen Contratación Administrativa de Servicios (CAS) en el sector público, tras haber sido observada por el Poder Ejecutivo durante el Pleno de la semana pasada.

La norma, la cual ha sido oficializada en el Diario Oficial El Peruano este último martes, establece ciertas disposiciones para eliminar la desigualdad en los regímenes laborales.

En este sentido, el personal que se encuentre laborando en el referido régimen pasará a formar parte de los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos 276 y 728.

Aquellos trabajadores que se encuentren bajo la modalidad del CAS y quieran pasar dichos régimenes, deberán cumplir con los ciertos requisitos:

  • Realizar labores de carácter permanente al momento de la entrada en vigencia de la presente ley.
  • Tener contrato administrativo de servicios (CAS) por dos (2) años de modo continuo o tres (3) años de modo discontinuo. Estos plazos se computan a partir de la fecha de la publicación de la presente ley.
  • Haber ingresado a la institución mediante concurso público, en su defecto haber tenido la condición de servicios no personales y posterior contrato administrativo de servicios.

La ley indica que el orden de prioridad para la integración a los otros regímenes laborales será de acuerdo a la antigüedad del contrato CAS, edad del trabajador, cuota de discapacitados de la institución pública e igualdad de género.

Cabe resaltar que la única excepción para que las entidades públicas puedan contratar bajo el régimen CAS aplicará para aquellos contratos que se encuentren vigentes y que sean necesarios de renovar, con la finalidad de no cortar el vínculo laboral de los trabajadores.

G.A.C.G.