Congreso modifica proceso de filiación judicial extramatrimonial

El Pleno del Congreso aprobó por unanimidad, el proyecto de ley que modifica el proceso de filiación judicial de paternidad extramatrimonial, con 92 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, cambiando los artículos 1,2 y 4 de la Ley 28457, que regulaba dicho proceso.

Respecto al artículo uno, plantea que quien tenga interés en obtener una declaración de paternidad, puede pedir al juzgado de paz que expida resolución declarando la filiación demandada. Asimismo, podrá acumularse la fijación de una pensión alimentaria, de acorde a lo establecido en el último párrafo del artículo 85 del Código Procesal Civil.

Por otro lado, el convocado tiene un plazo no mayor de diez días para oponerse a la declaratoria de paternidad extramatrimonial y absolver el traslado de la pretensión de alimentos, sujetándose a lo establecido en el artículo 565 del Código Penal.También, no genera declaración judicial de paternidad siempre y cuando el emplazado sea obligado a realizarse la prueba de ADN.

La sustentación del dictamen lo realizó la presidenta de la Comisión de la Mujer, Indira Huilca, quien señaló que la propuesta es importante para un derecho de identidad de un niño. Por su parte, Jorge del Castillo, autor de la iniciativa legislativa, destacó el fortalecimiento del Poder Judicial, aludiendo que la propuesta es importante para la sociedad.

“Esta norma plantea que el ADN es gratuito, y que esto beneficia al niño que se quedaba sin papá. Esto elimina los trámites y si el hombre se niega reconocer, se declara la paternidad”, expresó.

I.P.B