La Ley 30936 que promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible y se cambió el Texto Único Ordenado de la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones.
Ahora, el texto sustitutorio incorpora el numeral 2.3, «el uso de la bicicleta como un medio de transporte sostenido para atender el transporte urbano en los casos que se vea restringido por desastres naturales, emergencias sanitarias, crisis nacionales, crisis sociales o pandemias que generen la declaratoria del estado de emergencia».
EL presidente de la Comisión de Transporte y Comunicaciones, Luis Simeón Hurtado (AP), resalto el uso de la bicicleta dentro de los medios de transportes convencionales ya que garantiza el distanciamiento social y además permite realizar actividades físicas sin tener el problema de contagiarse. También indico que la ley contribuirá a que el uso de la bicicleta se entienda como transporte público complementario, porque se integra al servicio de transporte masivo.
Además, indico que la Municipalidad de Lima propone el uso de la bicicleta en sus trabajadores a través del programa “A trabajar en Bici” que tiene como objetivo promover a las empresas privadas y entidades públicas a utilizar ese medio de transporte en el traslado de sus hogares hacia sus centros de trabajo y viceversa.
Para finalizar Luis Simeón indico que el Ministerios de trasportes y Comunicaciones los gobiernos regionales y los gobiernos locales deberán adecuar su normativa a las disposiciones señaladas en esta ley, en los próximos 60 días hábiles.
E.J.A.V